DECLARACIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
Vigencia: 1 de enero de 2023.
SECCIÓN 1.0 – INTRODUCCIÓN
1.1 Declaración de compromiso mutuo
1.2 Políticas y Plan de Compensación Incorporados en el Contrato de Consultor
1.3 Propósito de las Políticas
1.4 Cambios, enmiendas o modificaciones
1.5 Retrasos
1.6 Fecha de vigencia
SECCIÓN 2.0 – PRINCIPIOS BÁSICOS
2.1 Convertirse en un consultor de Essen
2.2 Registro de Nueva Consultora por Internet
2.3 Derechos concedidos
2.4 Números de identificación
2.5 Renovaciones y Vencimientos del Acuerdo de Consultor
2.6 Entidades Comerciales y Cambio a la Genealogía del Consultor
2.7 Relación Comercial Independiente; Indemnización de Acciones
2.8 Errores o Preguntas
2.9 Aprobación o respaldo gubernamental
SECCIÓN 3.0: RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR DE ESSEN
3.1 Dirección correcta
3.2 Formación y Liderazgo
3.3 Crítica constructiva; Ética
3.4 No menosprecio
3.5 Notificación de infracciones de la política
3.6 Patrocinio
3.7 Prohibición de patrocinio cruzado
3.8 Adhesión al Plan de Compensación de Essen
3.9 Cumplimiento de leyes, reglamentos y ordenanzas
3.10 Cumplimiento de las Leyes de Impuesto Sobre la Renta Aplicables
3.11 Acciones de Miembros del Hogar o Partes Afiliadas
3.12 Solicitud de Otras Empresas; Otras Restricciones Comerciales
3.13 Presentación de la Oportunidad de Ventas de Essen
3.14 El plan de compensación rige los requisitos de ventas
SECCIÓN 4.0 – PEDIDOS
4.1 Políticas generales de pedidos
4.2 Fondos insuficientes
ARTÍCULO 5.0 – PAGO DE COMISIONES Y BONOS
5.1 Requisitos para bonificaciones y comisiones
5.2 Cómputo de Comisiones y Discrepancias
5.3 Ajuste de Bonificaciones y Comisiones por Devoluciones
SECCIÓN 6.0 - SATISFACCIÓN GARANTIZADA Y DEVOLUCIÓN DE AYUDAS DE VENTA
6.1 Políticas de devolución de clientes y consultores
6.2 Proceso de devolución de productos físicos
6.3 Reembolso de Tarifas
SECCIÓN 7.0 – POLÍTICA DE PRIVACIDAD
7.1 Introducción
7.2 Expectativa de Privacidad
7.3 Acceso de los empleados a la información
7.4 Restricciones a la divulgación de información de la cuenta
7.5 Seguridad y violaciones de la seguridad
7.6 Privacidad y Confidencialidad
7.7 Regla de gestión de datos
SECCIÓN 8.0 - INFORMACIÓN PROPIETARIA Y SECRETOS COMERCIALES
8.1 Informes comerciales, listas e información de propiedad exclusiva
8.2 Obligación de Confidencialidad
8.3 Incumplimiento y Remedios
8.4 Devolución de materiales
SECCIÓN 9.0 - PUBLICIDAD, MATERIAL PROMOCIONAL, USO DE LOS NOMBRES Y MARCAS REGISTRADAS DE ESSEN
9.1 Etiquetado, embalaje y exhibición de productos
9.2 Uso de nombres Essen y materiales protegidos
9.3 Limitaciones de correo electrónico
9.4 Restricciones de Internet, aplicaciones móviles y sitios web de terceros
9.5 Redes sociales y medios sociales
9.6 Materiales publicitarios y promocionales
9.7 Permiso de Testimonio
9.8 Limitaciones de telemercadeo
9.9 Política de marketing internacional
SECCIÓN 10.0 – CAMBIOS EN EL NEGOCIO DE UN CONSULTOR
10.1 Modificación del Acuerdo de Consultor
10.2 Cambio de Patrocinador o Colocación para Consultor Activo
10.3 Cambio de Patrocinador o Colocación para Consultor Inactivo
10.4 Patrocinio no ético
10.5 Oportunidad de vender, asignar y delegar
10.6 Separación de un negocio de Essen
10.7 Sucesión
10.8 Renuncia o Terminación Voluntaria
10.9 Terminación Involuntaria
10.10 Efecto de la Cancelación
SECCIÓN 11.0 - GARANTÍAS Y LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
11.1 Garantía; Descargo de responsabilidad
11.2 Limitación de responsabilidad
SECCIÓN 12.0 – SANCIONES DISCIPLINARIAS
12.1 Imposición de Acción Disciplinaria – Propósito
12.2 Consecuencias y remedios del incumplimiento
SECCIÓN 13.0 - QUEJAS Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
13.1 Quejas
13.2 Daños liquidados
13.3 Resolución de disputas
13.4 Ley aplicable
SECCIÓN 14.0 - VARIOS
14.1 Divisibilidad
14.2 Renuncia
14.3 Sucesores y Reclamos
14.4 cesión de derechos y obligaciones en virtud del contrato de consultoría por parte de la empresa
SECCIÓN 15.0 – DEFINICIONES
POLICIAS Y PROCEDIMIENTOS
1.0 INTRODUCCIÓN
1.1 Declaración de compromiso mutuo
Essen USA LLC (en adelante, "Essen" o simplemente la "Compañía") reconoce que para desarrollar una relación a largo plazo y mutuamente gratificante con sus propietarios de negocios independientes ("Consultores") y clientes minoristas ("Clientes"), la Compañía y sus Consultores deben reconocer y respetar la verdadera naturaleza de la relación.
- En el espíritu de respeto y comprensión mutuos, la Compañía se compromete a:
- Brindar servicios y comunicaciones rápidos, profesionales y corteses a todos sus Consultores y Clientes;
- Proporcionar el más alto nivel de productos/servicios de calidad a precios justos y razonables;
tercero Cambiar o reembolsar el precio de compra de cualquier producto, servicio o membresía según lo dispuesto en nuestra Política de devolución/reembolso;
- Entregar pedidos con la mayor precisión y rapidez posible;
- Pagar las comisiones de manera precisa y oportuna;
- Agilizar pedidos o cheques si se produce un error o un retraso irrazonable;
VIII. Lanzamiento de nuevos productos/servicios y programas con aportes y planificación del Consultor;
VIII. Apoyar, proteger y defender la integridad de la oportunidad de venta de la Compañía; y
- Ofrecer a los Consultores la oportunidad de crecer con la Compañía.
- A cambio, la Compañía espera que sus Consultores:
- Conducirse de manera profesional, honesta y considerada;
- Presentar la información de la Compañía y del producto/servicio de manera precisa y profesional;
tercero Presentar el Plan de Compensación y Política de Devoluciones de manera completa y precisa;
- No hacer reclamos de ingresos exagerados;
- Hacer esfuerzos razonables para apoyar a los Clientes y apoyar y capacitar a los Consultores en su línea descendente;
- No participar en reclutamiento cruzado, competencia malsana o prácticas comerciales poco éticas;
VIII. Proporcione orientación y capacitación positivas a los Consultores en su línea descendente mientras actúa con precaución para evitar interferencias con otras líneas descendentes. Como tal, se desaconseja que un Consultor brinde capacitación interlineal a un Consultor o Cliente en una organización diferente sin obtener primero el consentimiento del líder ascendente del Consultor o Cliente;
VIII. Apoyar, proteger y defender la integridad de las ventas de la Compañía
oportunidad;
IX Completar con precisión y enviar el Acuerdo de Consultor y cualquier documentación de respaldo solicitada de manera oportuna; y
- Abstenerse de actuar de cualquier manera que pueda constituir acoso de cualquier tipo, dicha conducta puede incluir, entre otros, comentarios despectivos o amenazantes, comportamiento sexual inapropiado, incluidos, entre otros, avances sexuales no deseados o solicitudes de favores sexuales, mostrar imágenes visuales. de naturaleza sexual, acoso físico o verbal, o comportamiento violento. Se recomienda enfáticamente a los consultores que informen cualquier tipo de incidente de acoso de inmediato. La Compañía no tolerará actos o amenazas de violencia u otras acciones violatorias e investigará todos los informes y no dudará en sancionar o despedir a un Consultor que haya violado esta disposición.
1.2 Políticas y Plan de Compensación Incorporados en el Acuerdo de Consultor
A lo largo de estas Políticas, cuando se utiliza el término "Acuerdo", se refiere colectivamente a la Declaración de exención de responsabilidad sobre ingresos, las Políticas y procedimientos de la empresa, la Política de privacidad de la empresa, el Plan de compensación, el Acuerdo de consultor y, si corresponde, el Formulario de registro de entidad comercial. Es responsabilidad del Consultor Patrocinador proporcionar la versión más actualizada de estas Políticas y Procedimientos (disponibles en el sitio web de la Compañía o previa solicitud) y el Plan de Compensación de la Compañía a cada solicitante antes de la celebración del Acuerdo de Consultor.
1.3 Propósito de las Políticas
- Company es una empresa de venta directa que comercializa productos y servicios a través de una red de propietarios de negocios. Para definir claramente la relación que existe entre los Consultores y la Compañía y para establecer explícitamente un estándar de conducta comercial aceptable, la Compañía ha establecido estas Políticas y Procedimientos.
- Los Consultores de la Compañía deben cumplir con: (i) todos los términos y condiciones establecidos en el Acuerdo de Consultor, que la Compañía puede modificar ocasionalmente a su exclusivo criterio; (ii) todas las leyes federales, estatales y/o locales que rigen los negocios de la Compañía; y (iii) estas Políticas y Procedimientos y todos los acuerdos aquí incorporados.
- Los Consultores de la Compañía deben revisar cuidadosamente la información de estas Políticas y Procedimientos. Si un Consultor tiene alguna pregunta con respecto a una política o regla, se recomienda al Consultor buscar una respuesta de su Patrocinador o cualquier otro Consultor de línea ascendente. Si se necesita más aclaración, el Consultor puede comunicarse con el Servicio de Atención al Cliente de la Compañía.
1.4 Cambios, enmiendas o modificaciones
- Debido a que las leyes federales, estatales y locales, así como el entorno comercial, cambian periódicamente, la Compañía se reserva el derecho de modificar el Acuerdo y los precios de los productos/servicios de la Compañía a su sola y absoluta discreción. La notificación de las modificaciones aparecerá en los Materiales oficiales de la empresa. Las disposiciones enmendadas no se aplicarán retroactivamente a conductas que ocurrieron antes de la fecha de vigencia de la(s) enmienda(s), excepto donde se indique, y solo en el caso de que el Consultor acepte expresamente que la enmienda se aplique retroactivamente.
SIN PERJUICIO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN EN CONTRARIO ANTERIOR, CUALQUIER ENMIENDA POR PARTE DE LA COMPAÑÍA A LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS DEL PRESENTE DOCUMENTO ÚNICAMENTE ENTRARÁ EN VIGOR CON EL ACUERDO EXPRESO DEL CONSULTOR A DICHA ENMIENDA. UN CONSULTOR PUEDE INDICAR SU ACUERDO CON DICHA ENMIENDA PROPUESTA SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE ACOMPAÑAN A LA ENMIENDA PROPUESTA QUE APARECERÁN CUANDO INGRESE AL SITIO WEB CORPORATIVO O AL SITIO WEB PERSONAL DEL CONSULTOR. LA COMPAÑÍA PUEDE TERMINAR EL ACUERDO DE CONSULTORÍA DE CUALQUIER CONSULTOR QUE NO ACEPTE UNA ENMIENDA PROPUESTA A LA SECCIÓN DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DE VIGENCIA DE LA ENMIENDA. CUALQUIER MODIFICACIÓN SE APLICARÁ A TODAS LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA COMPAÑÍA O EL CONSULTOR EN O DESPUÉS DE LA FECHA DE EFECTO DE LA ENMIENDA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA DE OCURRENCIA O ACUMULACIÓN DE CUALQUIER HECHO SUBYACENTE A DICHA RECLAMACIÓN.
- Para los propósitos de esta Sección y otras dentro de estas Políticas y Procedimientos, es imperativo que los Consultores mantengan toda la información de contacto actualizada para que cualquier enmienda, cambio o modificación entre en vigencia inmediatamente después de la notificación mediante uno de los siguientes métodos:
- Publicación en el sitio web oficial de la Compañía;
- Correo electrónico (e-mail); o
tercero Por escrito a través de los boletines de la Compañía u otros canales de comunicación de la Compañía.
1.5 Retrasos
La Compañía no será responsable por demoras o fallas en el cumplimiento de sus obligaciones cuando dicha falla se deba a circunstancias fuera de su control razonable. Esto incluye, sin limitación, huelgas, dificultades laborales, dificultades de transporte, motín, guerra, incendio, clima, pandemia, restricción de una fuente de suministro o decretos u órdenes gubernamentales.
1.6 Fecha de vigencia
Estas Políticas y procedimientos entrarán en vigencia a partir del 1 de junio de 2022 ("Fecha de vigencia") y, en ese momento, reemplazarán automáticamente cualquier Política y procedimiento anterior ("Políticas y procedimientos anteriores") y, en esa fecha, el Las Políticas y Procedimientos anteriores dejarán de tener vigencia o efecto.
2.0 PRINCIPIOS BÁSICOS
2.1 Convertirse en consultor de Essen
- Para convertirse en Consultor, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad (no menor) en su estado de residencia;
- Residir o tener una dirección válida en los Estados Unidos;
tercero Tener un número de identificación de contribuyente válido (es decir, número de seguro social, número de identificación fiscal federal, ITIN, etc.);
- Presentar un Acuerdo de Consultor debidamente completado y firmado a la Compañía;
- No ser un empleado de la Compañía, el cónyuge de un empleado de la Compañía o estar relacionado con un empleado de la Compañía y vivir en el mismo hogar que dicho empleado de la Compañía;
- Envíe el pago de una tarifa de inscripción según lo establecido en el Plan de compensación (llamado "Essen Tech") o compre uno de los Paquetes de productos de Essen disponibles según lo dispuesto en el Plan de compensación.
2.2 Registro de Nueva Consultora por Internet
- Un nuevo Consultor potencial puede autoinscribirse en el sitio web corporativo de la Compañía o en el sitio web replicado de un Patrocinador. En tal caso, en lugar de un Acuerdo de Consultor firmado físicamente, la Compañía aceptará el Acuerdo de Consultor electrónico a través de la inscripción en la web y la "firma electrónica". Esta firma electrónica significa que el nuevo Consultor ha aceptado los Términos y Condiciones del Acuerdo de Consultor. Tenga en cuenta que dicha firma electrónica constituye un acuerdo legalmente vinculante entre usted y la Compañía.
- La Compañía se reserva el derecho de exigir documentación firmada para cualquier cuenta, independientemente de su origen.
- Si se solicita, la Compañía debe recibir el Acuerdo de Consultor firmado dentro de los siete (7) días de dicha solicitud.
- Los documentos firmados, ya sea electrónicamente o por escrito, incluidos, entre otros, el Acuerdo de Consultor y el formulario de Registro de Entidad Comercial, son contratos legalmente vinculantes que no deben alterarse, alterarse o cambiarse de ninguna manera después de haber sido firmados. La información falsa o engañosa, las firmas falsificadas o las alteraciones de cualquier documento, incluidos los formularios de registro comercial, realizadas después de que se haya firmado un documento pueden dar lugar a sanciones, que pueden incluir la terminación involuntaria del negocio del Consultor.
2.3 Derechos concedidos
- Por la presente, la Compañía otorga al Consultor un derecho no exclusivo, basado en los Términos y Condiciones contenidos en el Acuerdo de Consultor y estas Políticas y Procedimientos para:
- Comprar productos/servicios de la Compañía;
- Promocionar y vender productos/servicios de la Compañía; y
tercero Patrocinar nuevos Consultores y Clientes en los Estados Unidos y, con el consentimiento previo por escrito de la Compañía, en países donde la Compañía pueda establecerse después de la Fecha de vigencia de estas Políticas y Procedimientos.
2.4 Números de identificación
Todos los Consultores deben proporcionar su Número de Seguro Social, Número de Identificación de Empleador Federal o su Número de Identificación emitido por el gobierno a la Compañía, ya sea en el Acuerdo de Consultor o a pedido de la Compañía. Al momento de la inscripción, la Compañía proporcionará un Número de identificación único de Consultor/Empresa al Consultor por el cual será identificado. Este número se utilizará para realizar pedidos, estructurar organizaciones y realizar un seguimiento de las comisiones y bonificaciones.
2.5 Renovaciones y Caducidad del Contrato de Consultor
- El plazo del Acuerdo de Consultor es de un año a partir de la fecha de inscripción. A menos que el Acuerdo se haya rescindido según lo dispuesto en el presente, el Acuerdo se renovará automáticamente por períodos de un año en cada aniversario de la fecha de inscripción.
- Para permanecer Activo, se requerirá que un Consultor mantenga un Volumen Personal mínimo ("PV") como se establece en el Plan de Compensación.
- Si el Consultor permite que su Acuerdo de Consultor venza debido a la falta de pago, el Consultor perderá todos y cada uno de los derechos de su organización de línea descendente a menos que el Consultor se reactive dentro de los sesenta (60) días posteriores al vencimiento del Acuerdo.
- Si el Consultor anterior se reactiva dentro del límite de tiempo de 60 días, el Consultor recuperará el rango y el puesto que tenía inmediatamente antes de la expiración del Acuerdo de Consultor. Sin embargo, el nivel de pago de dicho Consultor no se restaurará a menos que su posición y/o una entidad califique en ese nivel de pago en el nuevo mes. El Consultor no es elegible para recibir comisiones por el período de tiempo en que expiró el negocio del Consultor.
- Cualquier Consultor que haya sido rescindido o cuyo Acuerdo haya vencido y vencido el período de gracia de 60 días no es elegible para volver a solicitar un negocio de la Compañía durante los doce (12) meses posteriores al vencimiento del Acuerdo de Consultor.
- La línea descendente del Consultor vencido se acumulará hasta el Patrocinador activo inmediato de la línea ascendente, o según lo determine de otro modo a exclusivo criterio de la Compañía para proteger la integridad de la genealogía y evitar cualquier posible manipulación de la misma.
2.6 Entidades comerciales y cambios en la genealogía de los consultores
- Una corporación, sociedad, LLC o fideicomiso (denominados colectivamente como "Entidad comercial") puede postularse para ser Consultor de la compañía a través del Formulario de registro de entidad comercial. Este negocio y puesto de consultor seguirá siendo temporal hasta que se presenten los documentos correspondientes. El Formulario de registro de entidad comercial estipula los documentos específicos necesarios para la presentación, incluidos, entre otros: Certificado de incorporación, Artículos de organización, Acuerdo de consultoría o documentos de fideicomiso apropiados. La Compañía debe recibir estos documentos dentro de los siete (7) días a partir de la fecha en que se firmó el Acuerdo de Consultor.
- Un Consultor de la Compañía puede cambiar su estado bajo el mismo Patrocinador de un individuo a una sociedad, LLC, corporación, fideicomiso o de un tipo de entidad comercial a otra.
- Cambios a una Entidad Comercial. Cada Consultor debe notificar de inmediato a la Compañía sobre cualquier cambio en el tipo de entidad comercial que utiliza para operar su negocio de la Compañía y la adición o eliminación de socios comerciales. Un negocio de la Compañía puede cambiar su estado bajo el mismo patrocinador de un individuo a una sociedad, corporación o fideicomiso, o de un tipo de entidad a otro. El formulario de Acuerdo de Consultor debe ser firmado por todos los accionistas, socios o fideicomisarios. Los miembros de la entidad son solidariamente responsables de cualquier deuda u otra obligación con la Compañía.
- Cambio de Patrocinador . Para proteger la integridad de todas las organizaciones de marketing y salvaguardar el arduo trabajo de todos los Consultores, la Compañía rara vez permite cambios en el patrocinio, con la rara excepción de cambios de línea directa (lo que significa que la colocación no se ve afectada). Se debe realizar una solicitud de cambio de línea directa mediante el envío de un Formulario de solicitud de cambio de patrocinador dentro de un período de siete (7) días a partir de la fecha de inscripción, y debe provenir del patrocinador actual que figura en la lista.
- Cambio de Colocación. Se debe presentar una solicitud de cambio de ubicación dentro de los siete (7) días posteriores a la fecha de inscripción y debe ser solicitada por el patrocinador actual que figura en la lista. Un Consultor solo puede moverse dentro de la misma organización del patrocinador. Si se aprueba, se coloca a un Consultor en la primera posición inferior abierta disponible en la fecha en que se realiza el cambio. Los Consultores que hayan ganado comisiones o hayan alcanzado un rango no son elegibles para cambios de ubicación. Tenga en cuenta que las decisiones tomadas para cualquier solicitud de cambio (patrocinador o ubicación) quedan a discreción exclusiva de la Compañía y la aceptación de un cambio nunca constituirá la aceptación de cambios futuros para ese Consultor o cualquier otro.
- Un negocio de empresa por consultor . Un Consultor puede operar o tener un interés de propiedad, legal o equitativo, como propietario único, socio, accionista, fideicomisario o beneficiario, en un solo negocio de la Compañía. Ningún individuo puede tener, operar o recibir compensación de más de un negocio de la Compañía. Los individuos de la misma unidad familiar pueden cada uno ingresar o tener un interés en sus propios negocios separados de la Compañía, solo si cada puesto familiar subsiguiente se coloca en primera línea para el primer miembro de la familia inscrito. Una “unidad familiar” se define como cónyuges e hijos dependientes que viven o hacen negocios en la misma dirección.
2.7 Relación Comercial Independiente; Indemnización por Acciones
- Un Consultor de la Compañía es un contratista independiente y no un comprador de una franquicia u oportunidad de venta. Por lo tanto, el éxito de cada Consultor depende de sus esfuerzos independientes.
- El Acuerdo entre la Empresa y sus Consultores no crea una relación de empleador/empleado, agencia, sociedad o empresa conjunta entre la Empresa y el Consultor.
- Un Consultor de la Compañía no será tratado como un empleado de la Compañía para ningún propósito, incluidos, entre otros, los impuestos federales o estatales. Todos los Consultores son responsables de pagar los impuestos locales, estatales y federales adeudados por toda la compensación obtenida como Consultor de la Compañía. Cualquier otra compensación que reciban los Consultores de la Compañía se regirá por las leyes fiscales aplicables de los EE. UU. (o las leyes fiscales de cualquier otra jurisdicción aplicable). El Consultor no tiene autoridad expresa o implícita para vincular a la Compañía con ninguna obligación o para asumir compromisos por parte de la Compañía o en su nombre. Cada Consultor, ya sea que actúe como gerente de una Entidad Comercial o esté representado como individuo, deberá establecer sus propios objetivos, horarios y métodos de operación y venta, siempre que cumpla con los Términos del Acuerdo de Consultor, estas Políticas y Procedimientos y leyes federales, estatales y provinciales aplicables.
- El Consultor de la Compañía es totalmente responsable de todas las comunicaciones verbales y escritas realizadas con respecto a los productos, servicios y el Plan de Compensación de la Compañía que no estén expresamente contenidos en los materiales oficiales de la Compañía. Los Consultores indemnizarán y eximirán de responsabilidad a la Compañía, sus directores, funcionarios, empleados, proveedores de productos y agentes de cualquier y contra toda responsabilidad, incluidos juicios, sanciones civiles, reembolsos, honorarios de abogados y costos judiciales incurridos por la Compañía como resultado de las representaciones no autorizadas del Consultor o comportamiento. Esta Disposición sobrevivirá a la terminación del Acuerdo de Consultor de la Compañía.
- Los consultores no pueden contestar el teléfono diciendo "Essen", "Essen USA LLC" o de cualquier otra manera que haga creer a la persona que llama que se ha comunicado con las oficinas corporativas de la Compañía. Un Consultor solo puede representar que es un Consultor de la Compañía. Por lo tanto, toda la correspondencia y las tarjetas de presentación relacionadas con el negocio de la Compañía de un Consultor deberán contener el nombre del Consultor seguido del término "Consultor".
- Obligaciones de impuestos sobre las ventas. El Consultor deberá cumplir con todos los impuestos y regulaciones estatales y locales que rigen la venta de productos y servicios de la Compañía.
- La Empresa recaudará y remitirá el impuesto a las ventas sobre los pedidos de los Consultores a menos que un Consultor proporcione a la Empresa el formulario de Certificado de Impuesto de Reventa correspondiente. Cuando los pedidos se realizan con la Compañía, el impuesto sobre las ventas se paga por adelantado en función del precio minorista sugerido. La Compañía remitirá el impuesto sobre las ventas a las jurisdicciones estatales, provinciales y locales correspondientes. El Consultor puede recuperar el impuesto sobre las ventas cuando realiza una venta. Los Consultores de la Compañía son responsables de cualquier impuesto sobre las ventas adicional adeudado sobre productos/servicios marcados y vendidos a un precio más alto.
- La Compañía alienta a cada Consultor a consultar con un asesor fiscal para obtener información adicional para su negocio.
2.8 Errores o Preguntas
Si un Consultor tiene preguntas o cree que se han cometido errores con respecto a comisiones, bonificaciones, informes comerciales, pedidos o cargos, el Consultor debe notificar a la Compañía por escrito dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha del error o incidente en cuestión. Cualquier error, omisión o problema no informado dentro de los treinta (30) días se considerará renunciado expresamente por el Consultor.
2.9 Aprobación o respaldo gubernamental
Ni las agencias ni los funcionarios reguladores federales ni estatales aprueban ni respaldan ninguna empresa o programa de venta directa o mercadeo en red. Por lo tanto, los Consultores no declararán ni darán a entender que la Compañía o su Plan de Compensación han sido aprobados, respaldados o sancionados de otro modo por ninguna agencia gubernamental.
3.0 RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR DE ESSEN
3.1 Direcciones correctas
- Es responsabilidad de un Cliente/Consultor asegurarse de que la Empresa tenga la dirección de envío correcta antes de enviar cualquier pedido y que el Consultor tenga información de contacto actualizada y precisa para que la Empresa se comunique con el Consultor.
- Un Cliente/Consultor deberá esperar hasta treinta (30) días para el procesamiento después de que la Compañía haya recibido el aviso de cambio de dirección.
- A un Cliente/Consultor se le puede cobrar una tarifa de $20 USD por envíos devueltos debido a una dirección de envío incorrecta y al Consultor también se le cobrará una tarifa de $20 USD por cualquier etiqueta incorrecta de la información del Cliente que podría resultar en el cambio de Clientes a otra línea descendente.
3.2 Formación y Liderazgo
- Cualquier Consultor de la Compañía que patrocine a otro Consultor en la Compañía debe realizar una función auténtica de asistencia y capacitación para garantizar que su línea descendente opere adecuadamente el negocio de la Compañía. Los Consultores patrocinadores deben tener contacto y comunicación continuos con los Consultores en sus organizaciones de línea descendente. Los ejemplos de comunicación pueden incluir, entre otros, boletines, correspondencia escrita, teléfono, contacto, llamadas de equipo, correo de voz, correo electrónico, reuniones personales, acompañamiento de Consultores de línea descendente a reuniones de la Compañía, sesiones de capacitación y cualquier otra función relacionada.
- Un Consultor de la Compañía Patrocinadora debe monitorear a los Consultores en sus organizaciones de línea descendente para asegurarse de que los Consultores de línea descendente no hagan reclamos comerciales o de productos inapropiados ni se involucren en ninguna conducta ilegal o inapropiada. Previa solicitud, dicho Consultor debe poder proporcionar evidencia documentada a la Compañía de su cumplimiento continuo de las responsabilidades de un Patrocinador.
- Se alienta a los Consultores de línea ascendente a motivar y capacitar a los nuevos Consultores sobre los productos y servicios de la Compañía, las técnicas de ventas efectivas, el Plan de Compensación de la Compañía y el cumplimiento de las Políticas y Procedimientos de la Compañía.
- El producto de mercadeo es una actividad requerida en la Compañía y debe enfatizarse en todas las presentaciones de reclutamiento. De hecho, la Compañía enfatiza y alienta a todos sus Consultores a vender los productos y servicios de la Compañía a los Clientes.
- Para promocionar tanto los productos como la oportunidad que ofrece la Compañía, los Consultores deben utilizar las ayudas de ventas y los materiales de apoyo producidos por la Compañía. Si los Consultores de la Compañía desarrollan sus propias ayudas de ventas y materiales promocionales, que incluyen publicidad en Internet, a pesar de las buenas intenciones de los Consultores, pueden infringir involuntariamente cualquier número de estatutos o reglamentos que afecten el negocio de la Compañía. Estas violaciones, aunque pueden ser relativamente pocas en número, podrían poner en peligro la oportunidad de la Compañía para todos los Consultores. En consecuencia, los Consultores deben enviar todas las ayudas de ventas escritas, materiales promocionales, anuncios, sitios web y otra literatura a la Compañía para su aprobación antes de su uso. A menos que el Consultor reciba una aprobación específica por escrito para usar el material, la solicitud se considerará denegada. Todos los Consultores salvaguardarán y promoverán la buena reputación de la Compañía y sus productos y servicios. El mercadeo y la promoción de la Compañía, la oportunidad de la Compañía, el Plan de Compensación y los productos y servicios de la Compañía deberán ser consistentes con el interés público y deben evitar toda conducta o práctica descortés, engañosa, engañosa, poco ética o inmoral.
3.3 Crítica constructiva; Ética
- La Compañía desea brindar a sus Consultores independientes los mejores productos y servicios y el Plan de Compensación de la industria. En consecuencia, la Empresa valora las críticas constructivas y alienta el envío de comentarios por escrito dirigidos al Departamento de Cumplimiento de la Empresa a: support@essenla.com.
- Los comentarios negativos y despectivos sobre la Compañía, sus productos/servicios o el Plan de Compensación, por parte de los Consultores hechos a la Compañía, en el campo o en reuniones o eventos de la Compañía, o comportamiento perturbador en reuniones o eventos de la Compañía, no tienen otro propósito que el de desalentar el entusiasmo de otros consultores de la empresa. Los Consultores de la Empresa no deben menospreciar a la Empresa, a otros Consultores de la Empresa, a los productos o servicios de la Empresa, al Plan de Compensación ni a los directores, funcionarios o empleados de la Empresa, proveedores de productos o agentes. Tal conducta representa un incumplimiento sustancial de estas Políticas y Procedimientos y puede dar lugar a medidas disciplinarias y, en última instancia, al despido, según lo considere apropiado la Compañía.
- La Compañía se compromete a proporcionar a los Consultores un entorno de ventas libre de acoso, intimidación y abuso por parte de otros Consultores, empleados, proveedores y cualquier otra persona en el lugar de trabajo. En la Compañía, no se tolerará y está estrictamente prohibido el acoso de ningún tipo, como: comentarios despectivos o amenazantes, comportamiento sexual inapropiado, incluidos, entre otros, avances sexuales no deseados o solicitudes de favores sexuales, mostrar imágenes visuales de naturaleza sexual, o acoso verbal, o comportamiento violento. Se alienta a los consultores a informar inmediatamente cualquier tipo de incidente de acoso. La Compañía no tolerará actos o amenazas de violencia u otras acciones violatorias e investigará todos los informes y no dudará en sancionar o despedir a un Consultor que haya violado esta disposición.
- Essen respalda el siguiente Código de Ética:
- Un Consultor de la Compañía debe mostrar justicia, tolerancia y respeto a todas las personas asociadas con la Compañía, independientemente de su raza, género, clase social o religión, fomentando así una “atmósfera positiva” de trabajo en equipo, buena moral y espíritu comunitario.
- Un Consultor se esforzará por resolver los problemas comerciales, incluidas las situaciones con Consultores de línea ascendente y descendente, enfatizando el tacto, la buena voluntad y teniendo cuidado de no crear problemas adicionales.
tercero Los Consultores de la Compañía deben ser honestos, responsables, profesionales y comportarse con integridad.
- Los Consultores de la Compañía siempre presentarán información precisa, como descargos de responsabilidad adecuados y acceso a la Declaración de Divulgación de Ingresos, cuando animen a los prospectos a unirse a la Compañía. Además, como Consultor, acepta nunca intimidar ni participar en prácticas de reclutamiento ilegales, incluida cualquier sugerencia de que las compras excesivas de inventario son necesarias para participar en la Compañía.
- La Empresa puede tomar las medidas apropiadas contra un Consultor si determina, a su exclusivo criterio, que la conducta de un Consultor es perjudicial, perturbadora o dañina para la Empresa o para otros Consultores.
3.4 No menosprecio
De acuerdo con otras disposiciones dentro de estas Políticas y Procedimientos, los Consultores no deben menospreciar, degradar ni hacer comentarios negativos sobre la Compañía, otros Consultores de la Compañía, los productos o servicios de la Compañía, la marca registrada ESSEN®, el Plan de Compensación o los propietarios de la Compañía, miembros de la junta, directores, funcionarios, empleados o similares, o hacer declaraciones que ofendan, engañen o coaccionen irrazonablemente a otros. Tal conducta representa un incumplimiento sustancial de estas Políticas y puede dar lugar a que la Compañía sancione o discipline a los Consultores de acuerdo con estas Políticas y Procedimientos, según lo considere apropiado la Compañía a su entera discreción.
3.5 Notificación de infracciones de la política
- Un Consultor que observa una violación de la política por parte de otro Consultor debe enviar una carta escrita y firmada (no se aceptará el correo electrónico) de la violación directamente a la oficina corporativa de la Compañía. La carta establecerá los detalles del incidente de la siguiente manera:
- La naturaleza de la violación y los hechos específicos para respaldar las alegaciones;
- Fechas y número de ocurrencias;
tercero La persona o personas involucradas; y
- Documentación de apoyo.
- Una vez que el asunto se haya presentado a la Compañía, el Departamento de Cumplimiento de la Compañía investigará el informe a fondo y decidirá qué acción, si corresponde, se debe tomar.
- Esta Sección se refiere al informe general de infracciones de la política observadas por otros Consultores por el esfuerzo mutuo de apoyar, proteger y defender la integridad de la oportunidad comercial y de ventas de la Compañía. Si un Consultor tiene una queja o queja contra otro Consultor que se relacione directamente con el negocio de su Compañía, se deben seguir los pasos establecidos en estas Políticas y Procedimientos.
3.6 Patrocinio
- El Patrocinador es la persona que presenta a un Cliente/Consultor a la Compañía, lo ayuda a completar su inscripción y apoya y capacita a aquellos en su línea descendente.
- La Compañía reconoce al Patrocinador como el(los) nombre(s) que se muestra(n) en el primero:
- Acuerdo de Consultor de la Compañía firmado físicamente en el archivo; o
- Acuerdo de Consultor firmado electrónicamente desde el sitio web corporativo o desde el sitio web replicado de un Consultor.
- Un Acuerdo de Consultor que contenga anotaciones como "por teléfono" o las firmas de otras personas (es decir, Patrocinadores, cónyuges, parientes o amigos) no es válido y no será aceptado por la Compañía.
- La Compañía reconoce que cada nuevo prospecto tiene derecho a elegir en última instancia a su propio Patrocinador, pero la Compañía no permitirá que los Consultores participen en actividades de patrocinio poco éticas.
- Todos los Consultores activos con buena reputación tienen derecho a Patrocinar e inscribir a otros en la Compañía. Mientras participa en actividades de patrocinio, no es raro encontrar situaciones en las que más de un Consultor se acerque al mismo cliente potencial. Es cortesía aceptada que el nuevo prospecto sea patrocinado por el primer Consultor que presentó una introducción completa a los productos/servicios de la Compañía o la oportunidad de ventas.
- Un Prospecto Protegido es un invitado de cualquier Cliente/Consultor de la Compañía que asistió a un evento o conferencia telefónica de la Compañía. Durante los sesenta (60) días posteriores al evento, ningún otro Consultor de la Compañía que haya asistido al mismo evento puede solicitar o patrocinar a un Prospecto Protegido. Un evento de la empresa se puede definir de la siguiente manera:
- Cualquier sesión de capacitación de la Compañía;
- Conferencia;
tercero Reunión de vuelo; o
- Presentación, incluida, entre otras, una presentación de la Compañía en el hogar, ya sea patrocinada por la Compañía, un Consultor, un Cliente o un agente o agencia designado por la Compañía.
3.7 Prohibición de patrocinio cruzado
- El "patrocinio cruzado" se define como la inscripción en una línea diferente de patrocinio de una persona o entidad comercial que ya tiene un Acuerdo de Consultor firmado. No se permite el patrocinio cruzado real o intentado. Si la Compañía verifica el patrocinio cruzado, se pueden imponer sanciones que pueden llegar a incluir la terminación del negocio de un Consultor.
- El uso del nombre de un cónyuge o pariente, nombres comerciales, nombres supuestos, nombres de DBA, corporación, sociedad, fideicomiso, números de identificación federal o números de identificación ficticios para evadir o eludir esta política no está permitido y la Compañía tiene el derecho de rechazar a cualquier Consultor. solicitud o rescindir cualquier Acuerdo de Consultor.
- Esta política no prohíbe la transferencia de un negocio de la Compañía de acuerdo con la Política de Venta o Transferencia de la Compañía establecida en este documento.
3.8 Adhesión al Plan de Compensación de Essen
- Un Consultor debe cumplir con los términos del Plan de Compensación de la Compañía como se establece en estas Políticas y Procedimientos, así como en la literatura Oficial de la Compañía. Se prohíbe la desviación del Plan de Compensación.
- Un Consultor no deberá ofrecer a la Compañía la oportunidad a través de, o en combinación con, ningún otro sistema, programa o método de mercadeo que no sea el específicamente establecido en la literatura oficial de la Compañía.
- Un Consultor no requerirá ni alentará a un Cliente o Consultor actual o potencial a participar en la Compañía de ninguna manera que varíe del Plan de Compensación como se establece en la literatura Oficial de la Compañía.
- Un Consultor no exigirá ni alentará a un Cliente o Consultor actual o potencial a realizar una compra o un pago a cualquier individuo u otra entidad como condición para participar en el Plan de Compensación de la Compañía, aparte de las compras o pagos requeridos para construir naturalmente su negocio. .
3.9 Cumplimiento de leyes, reglamentos y ordenanzas
Muchas ciudades y condados tienen leyes que regulan ciertos negocios en el hogar. En la mayoría de los casos, estas ordenanzas no se aplican a los Consultores debido a la naturaleza del negocio. Sin embargo, los Consultores deben verificar sus leyes locales y obedecer las leyes que se aplican a ellos. Un Consultor de la Compañía deberá cumplir con todas las leyes y regulaciones federales, estatales y locales al operar su negocio de la Compañía.
3.10 Cumplimiento de las Leyes de Impuesto Sobre la Renta Aplicables
- La Empresa proporcionará automáticamente un formulario 1099-NEC completo (compensación para personas que no sean empleados) a cada Consultor de EE. UU. cuyos ingresos anuales sean de al menos $600 o que haya comprado más de $5,000 en productos de la Empresa para revenderlos, o que haya recibido viajes, premios o reconocimientos valorados en $600 o más. Si las ganancias y las compras son menores que las indicadas anteriormente, los formularios del IRS se enviarán solo a pedido del Consultor, y la Compañía puede aplicar un cargo mínimo de $20.
- Un Consultor acepta la responsabilidad exclusiva y acepta pagar todos los impuestos federales, estatales y locales sobre cualquier ingreso generado como Consultor independiente, y además acepta indemnizar a la Compañía por cualquier incumplimiento en el pago de dichos impuestos a su vencimiento.
- Si el negocio de un Consultor está exento de impuestos, el número de identificación fiscal federal debe proporcionarse a la Compañía por escrito.
- La Compañía alienta a todos los Consultores a consultar con un asesor fiscal para obtener información adicional para su negocio.
3.11 Acciones de Miembros del Hogar o Partes Afiliadas
Si cualquier miembro del hogar inmediato de un Consultor se involucra en cualquier actividad que, de ser realizada por el Consultor, violaría cualquier disposición del Acuerdo, dicha actividad se considerará una violación por parte del Consultor y la Compañía puede tomar medidas disciplinarias de conformidad con estas Políticas y Procedimientos. contra el Consultor. De manera similar, si cualquier individuo asociado de alguna manera con una corporación, sociedad, LLC, fideicomiso u otra entidad (colectivamente, "Entidad comercial") viola el Acuerdo, dicha(s) acción(es) se considerará(n) una violación por parte de la Entidad comercial, y la Compañía puede tomar medidas disciplinarias contra la Entidad Comercial. Asimismo, si un Consultor se inscribe en la Compañía como una Entidad comercial, cada parte afiliada de la Entidad comercial estará vinculada personal e individualmente y deberá cumplir con los Términos y condiciones del Acuerdo.
3.12 Solicitud de Otras Empresas; Otras Restricciones Comerciales
- Un Consultor de la Compañía puede participar en otras oportunidades comerciales u oportunidades de mercadeo de ventas directas, multinivel, mercadeo en red o mercadeo relacional (colectivamente, “Mercadotecnia en Red”). Sin embargo, durante la Vigencia de este Acuerdo y durante un (1) año a partir de entonces, un Consultor de la Compañía no puede reclutar a ningún Consultor o Cliente de la Compañía para ningún otro negocio de Mercadeo en Red, a menos que ese Consultor o Cliente haya sido patrocinado personalmente por dicho Consultor.
- El término "reclutar" significa solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intentado para influir de cualquier otra manera (ya sea directamente o a través de un tercero), en otro Consultor o Cliente para que se inscriba o participe en cualquier oportunidad de mercadeo en red y el rol activo de desalentar a otros de inscribirse en la oportunidad de la Compañía. Esta conducta representa reclutamiento incluso si las acciones del Consultor son en respuesta a una consulta realizada por otro Consultor o Cliente. Si se presenta una demanda, arbitraje o mediación contra un Consultor alegando que participó en una actividad de reclutamiento inapropiada de su fuerza de ventas o Clientes, la Compañía no pagará los costos de defensa ni los honorarios legales del Consultor, ni la Compañía indemnizará al Consultor por cualquier sentencia, laudo o acuerdo.
- Sin embargo, puede vender productos o servicios que no sean de la competencia a Clientes y Consultores de la Compañía. Específicamente, una empresa no competidora se define como una empresa de mercadeo en red que NO vende de manera similar a la de la Empresa. El término productos o servicios que no compiten o similares son determinantes según el criterio exclusivo de la Compañía. Los Consultores de todos los niveles están obligados a notificar a la Compañía si están inscritos como distribuidores de otra compañía de Mercadeo en Red enviando un correo electrónico al Departamento de Cumplimiento de la Compañía. La falta de notificación a la Compañía dentro de un tiempo razonable constituirá un incumplimiento de este Acuerdo.
*Debido a la visibilidad de nuestros afiliados de mayor rango, los Consultores de la Compañía con el rango de [Director o superior acuerdan no participar en ninguna oportunidad de mercadeo en red, independientemente de si la Compañía vende productos de la competencia o no.
Si en el momento de la aplicación de cualquier disposición de la Sección 3.12A, 3.12B o 3.12C, un tribunal determina que la duración, el alcance o la restricción de área de cualquier disposición del presente no es razonable bajo las circunstancias existentes ahora o entonces, usted y la Compañía acuerdan acuerdan que el plazo, ámbito o territorio restringido máximo razonable según las circunstancias será sustituido por el tribunal por la duración, ámbito o ámbito señalados.
- Un Consultor no puede exhibir ni agrupar productos o servicios de la Compañía, en literatura de ventas, en un sitio web o en reuniones de ventas, con ningún otro producto o servicio para evitar confundir o engañar a un Cliente o Consultor potencial haciéndoles creer que existe una relación entre la Compañía y productos y servicios ajenos a la empresa.
- Un Consultor de la Compañía no puede ofrecer ninguna oportunidad, producto o servicio que no sea de la Compañía en ninguna reunión, seminario o convención relacionada con la Compañía, o inmediatamente después de un evento de la Compañía.
- Durante la vigencia de este Acuerdo, para evitar la responsabilidad legal relacionada con la promoción de ayudas de ventas, usted, como Consultor, no puede vender materiales de capacitación o ayudas de ventas, incluidos libros publicados, libros electrónicos, videos u otras ayudas de capacitación misceláneas generales a su línea descendente o otros Consultores.
- Una violación de cualquiera de las disposiciones de esta Sección constituirá una interferencia contractual irrazonable e injustificada entre la Compañía y sus Consultores y causaría un daño irreparable a la Compañía. En tal caso, la Compañía puede, a su sola discreción, imponer cualquier sanción que considere necesaria y apropiada contra dicho Consultor o el negocio de dicho Consultor, incluida la rescisión, o buscar medidas cautelares inmediatas sin la necesidad de pagar una fianza.
3.13 Presentación de la Oportunidad de Ventas de Essen
- Al presentar la oportunidad de la Compañía a Clientes y Consultores potenciales, se requiere que un Consultor cumpla con las siguientes disposiciones:
- Un Consultor no citará incorrectamente ni omitirá ningún hecho material significativo sobre el Plan de Compensación.
- Un Consultor deberá dejar en claro que el Plan de Compensación se basa en las ventas de productos y servicios de la Compañía a consumidores finales y en el patrocinio de otros Consultores.
tercero Un Consultor deberá dejar en claro que el éxito solo se puede lograr a través de esfuerzos independientes sustanciales y debe abstenerse de tergiversaciones que incluyen, pero no se limitan a:
- Es un sistema llave en mano;
- El sistema hará el trabajo por usted;
- Simplemente ingrese y su línea descendente se desarrollará a través del desbordamiento;
- La Compañía hace todo el trabajo por usted; y
- Todo lo que tiene que hacer es comprar productos/servicios de la Compañía todos los meses.
Los anteriores son solo ejemplos de representaciones indebidas sobre el Plan de Compensación. Es importante que no haga estas, ni ninguna otra representación, que pueda llevar a un prospecto a creer que puede tener éxito como Consultor sin compromiso, esfuerzo y habilidad de ventas. La Compañía se reserva el derecho de determinar lo que considera un ingreso inapropiado o un reclamo del Plan de Compensación y disciplinar al infractor en consecuencia.
- Un Consultor de la Compañía no deberá hacer proyecciones, afirmaciones o garantías de ingresos no autorizadas al presentar o discutir la oportunidad de la Compañía o el Plan de Compensación a los Consultores o Clientes potenciales.
- Un Consultor no puede hacer ningún reclamo con respecto a los productos o servicios de cualquier producto o servicio ofrecido por la Compañía, excepto aquellos contenidos en la literatura oficial de la Compañía.
- Un Consultor solo usa material oficial de la Compañía para promover la oportunidad de ventas de la Compañía en los Estados Unidos de América.
VIII. En un esfuerzo por llevar a cabo las mejores prácticas comerciales, la Compañía ha desarrollado la Declaración de exención de responsabilidad sobre ingresos ("IDS"). El IDS de la Compañía está diseñado para transmitir información veraz, oportuna y completa sobre los ingresos que ganan los Consultores de la Compañía. Para lograr este objetivo, se debe presentar una copia de la IDS a todos los posibles Consultores.
Se debe presentar una copia de la IDS a un posible Consultor cada vez que se presente o discuta el Plan de Compensación, o se haga cualquier tipo de reclamo de ingresos o representación de ganancias.
Los términos “declaración de ingresos” y/o “representación de ganancias” (colectivamente “Declaración de ingresos”) incluyen, pero no se limitan a, lo siguiente: (1) declaraciones de ganancias promedio, (2) declaraciones de ganancias no promedio, ( 3) declaraciones de rangos de ganancias, (4) testimonios de ingresos, (5) afirmaciones de estilo de vida y (6) afirmaciones hipotéticas. Los ejemplos de "declaraciones de ingresos no promedio" incluyen: "Nuestro Consultor número uno ganó más de un millón de dólares el año pasado" o "Nuestro Consultor de rango promedio gana cinco mil por mes". Un ejemplo de una "declaración de rangos de ingresos" es "El ingreso mensual de nuestros Consultores de mayor rango es de diez mil dólares en el extremo inferior a treinta mil dólares al mes en el extremo superior".
VIII. Las reclamaciones de estilo de vida (p. ej., el negocio de mi empresa me permitió comprar una casa, jubilarme de mi otro trabajo, permitir que mi cónyuge renuncie a su trabajo o tomar unas vacaciones de lujo) también se consideran equivalentes a las reclamaciones de ingresos.
Cuando un Consultor analiza sus ganancias con la Compañía, la Compañía requiere explícitamente que cualquier testimonio, publicación en redes sociales, presentación, etc. incluya lo siguiente: “Esta es mi historia única, ya que las ganancias reales pueden variar significativamente ya que no se garantiza ningún ingreso. Pero para los promedios de ganancias típicos, haga clic aquí”, donde “aquí” representa un enlace al IDS de la empresa.
3.14 El plan de compensación rige los requisitos de ventas
- Los Consultores de la Compañía pueden comprar productos de la Compañía y luego revenderlos a cualquier precio que elijan, a menos que la Compañía o cualquiera de sus proveedores de productos especifique lo contrario por producto. La empresa proporcionará precios de venta sugeridos. No hay territorios exclusivos concedidos a nadie. No se aplican tarifas de franquicia a un negocio de la Compañía. Los Consultores deben verificar con la Compañía los precios apropiados antes de establecer los suyos propios.
- El programa de la Compañía se basa en las ventas al consumidor final. La Compañía recomienda a sus Consultores que solo compren inventario que ellos y su familia consumirán personalmente, se usarán como herramienta de ventas o se revenderán a otros para su consumo final. Los Consultores nunca deben intentar influir en ningún otro Consultor para que compre más productos de los que razonablemente pueden usar o vender a Clientes minoristas en un mes.
- Está prohibida la compra de productos con el único fin de obtener bonos o alcanzar un rango . La Compañía se reserva el derecho de limitar la cantidad de compras que puede realizar si, a su exclusivo criterio, cree que esas compras se realizan únicamente con fines de calificación en lugar de consumo o reventa.
4.0 PEDIDOS
4.1 Políticas generales de pedido
- La “Compra de Bonos” está estricta y absolutamente prohibida. La compra de bonificación incluye, entre otros, lo siguiente: (i) la inscripción de personas o entidades sin el conocimiento y/o la ejecución de un Acuerdo por parte de dichas personas o Entidades comerciales; (ii) la inscripción fraudulenta de una persona o entidad como Cliente/Consultor; (iii) la inscripción o el intento de inscripción de personas físicas o entidades comerciales inexistentes como Clientes/Consultores (conocidos como “fantasmas”); (iv) comprar productos o servicios de la Compañía en nombre de otro Cliente/Consultor, o bajo el número de identificación de otro Cliente/Consultor, para calificar para comisiones o bonificaciones; (v) comprar cantidades excesivas de productos o servicios que no puedan usarse o revenderse razonablemente en un mes; y/o (vi) cualquier otro mecanismo o artificio para calificar para el avance de rango, incentivos, premios, comisiones o bonificaciones que no estén impulsados por compras de productos o servicios de buena fe por parte de los consumidores finales.
Un Consultor no deberá usar la tarjeta de crédito o la cuenta corriente de débito de otro Cliente/Consultor para inscribirse en la Compañía o comprar productos o servicios sin el permiso por escrito del titular de la cuenta. El Consultor debe conservar dicha documentación indefinidamente en caso de que la Compañía necesite hacer referencia a esto.
- Con respecto a un pedido con un pago inválido o incorrecto, la Compañía intentará comunicarse con el Consultor por teléfono, correo postal o correo electrónico para obtener otra forma de pago. Si estos intentos no tienen éxito después de cinco (5) días hábiles, el pedido será cancelado.
- Si un Consultor desea mover un pedido a la posición de otro Consultor, debe contar con la autorización previa de todas las partes involucradas. La Compañía le cobrará al Consultor una tarifa de $20 por el procesamiento.
- Los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.
- Un Cliente/Consultor que recibe un pedido dañado o incorrecto debe notificar a la Compañía dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la recepción del pedido y seguir los procedimientos establecidos en estas Políticas.
4.2 Fondos insuficientes
- Todos los cheques devueltos por fondos insuficientes se volverán a enviar para el pago. Se cobrará una tarifa de $35 a la cuenta del Cliente/Consultor por todos los cheques devueltos y fondos insuficientes.
- Cualquier saldo pendiente adeudado a la Compañía por el Cliente/Consultor personal de un Consultor de línea ascendente de cheques NSF (fondos insuficientes), cargos por cheques devueltos o cargos por fondos insuficientes (ACH) será retenido por la Compañía de los futuros cheques de bonificación y comisión del Consultor de línea ascendente. .
- Toda transacción que involucre cheques devueltos o fondos insuficientes a través de ACH o tarjeta de crédito, que no sean resueltas en tiempo y forma por el Consultor, constituyen causal de sanciones disciplinarias.
- Si se rechaza un pedido con tarjeta de crédito o débito automático la primera vez, se contactará al Cliente/Consultor para obtener una forma de pago alternativa. Si se rechaza el pago por segunda vez, se puede considerar que el Cliente/Consultor no es elegible para comprar productos o servicios de la Compañía o participar en el envío automático mensual.
5.0 PAGO DE COMISIONES Y BONOS
5.1 Requisitos para bonificaciones y comisiones
- Un Consultor debe estar Activo y cumplir con las Políticas y Procedimientos de la Compañía para calificar para bonos y comisiones. Siempre que un Consultor cumpla con los términos del Acuerdo, la Compañía pagará comisiones a dicho Consultor de acuerdo con el Plan de Compensación.
- La Compañía no emitirá un pago a un Consultor sin la recepción de un Acuerdo de Consultor de la Compañía y un Formulario W-9 completados y firmados.
- La empresa se reserva el derecho de posponer los pagos de bonos y comisiones hasta el momento en que el monto acumulativo supere los $25.
- Un Consultor debe estar Activo para recibir bonos y otros ingresos sujetos a comisiones basados en las ventas de otro Consultor en su línea descendente. La compresión será un aspecto crítico para implementar el Plan de Compensación de la Compañía y se aplicará en todo el espectro de participantes dentro de la oportunidad de la Compañía, a menos que la Compañía elija, a su exclusivo criterio, mantener o descartar el volumen comprimido. La compresión ocurre cuando hay Consultores inactivos, Consultores despedidos, Consultores suspendidos y otras instancias en las que la Compañía determina, a su exclusivo criterio, que es lo mejor para los intereses de la Compañía en su conjunto. La compresión se define como el mecanismo en el que una parte de la genealogía se ha interrumpido para crear una ausencia en la genealogía que interrumpe la asignación de comisiones y bonificaciones dentro del plan de pago. Como ejemplo, si un Consultor está Inactivo, la Compresión dará como resultado una búsqueda en línea ascendente hasta que se encuentre un Consultor Activo. El Volumen Personal (PV) luego se "comprimirá" para incluir todo el volumen generado por las posiciones inactivas y desembolsar el volumen al siguiente Consultor Activo. La Compañía no está obligada a comprimir el volumen de esta manera. En algunas situaciones, la Compañía puede ejercer su discreción para mantener el volumen para fines internos. Este modelo de compresión se utilizará para continuar la efectividad del plan de pago durante las condiciones temporales que pueden ocurrir cuando alguien no cumple con el requisito de "Activo" durante un período de pago, por ejemplo, Inactivo, suspensión o deja la oportunidad de dejar completamente vacío en la genealogía.
- La Compañía se reserva el derecho de retener o reducir la compensación de cualquier Consultor según lo considere necesario para cumplir con cualquier embargo u orden judicial que ordene a la Compañía retener, retener o redirigir dicha compensación a un tercero.
- La Empresa puede deducir, retener o compensar cualquier monto que el Consultor pueda adeudar a la Empresa de cualquier pago que la Empresa pueda adeudar al Consultor.
5.2 Cómputo de Comisiones y Discrepancias
- Para calificar para recibir comisiones y bonificaciones, un Consultor debe estar en regla y cumplir con los términos del Acuerdo y estas Políticas y Procedimientos. Las comisiones, bonificaciones, anulaciones y niveles de logro se calculan cada mes.
- Un Consultor de la Compañía debe revisar su estado de cuenta mensual y los informes de bonificación/comisión de inmediato e informar cualquier discrepancia dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción. Después de este "período de gracia" de 30 días, no se considerarán solicitudes adicionales para nuevos cálculos de comisiones.
- Para obtener información adicional sobre el pago de comisiones, consulte el Plan de Compensación.
5.3 Ajuste de Bonificaciones y Comisiones por Devoluciones
- Un Consultor recibe bonificaciones y comisiones en función de las ventas reales de productos y servicios a los consumidores finales a través de compras de productos y servicios. Cuando se devuelve un producto o servicio a la Compañía para un reembolso por parte del consumidor final, las bonificaciones y comisiones atribuibles al producto o servicio devuelto se deducirán del Consultor que recibió bonificaciones o comisiones por dichas ventas. Las deducciones se realizarán en el mes en que se otorgue el reembolso y continuarán cada período de pago a partir de entonces hasta que se recupere la bonificación o la comisión.
- En el caso de que un Consultor finalice su negocio, y los montos de las bonificaciones o comisiones atribuibles a los productos o servicios devueltos aún no hayan sido recuperados por completo por la Compañía, el resto del saldo pendiente puede compensarse con cualquier otro monto que pueda ser adeudado por la Compañía al Consultor despedido.
6.0 SATISFACCIÓN GARANTIZADA Y DEVOLUCIÓN DE AYUDAS DE VENTA
6.1 Políticas de devolución de clientes y consultores
Política de devolución del cliente
La empresa ofrece una garantía de devolución del dinero (precio de compra neto) del cien por ciento (100%) treinta días (30) para todos los Clientes a partir de la recepción del producto Essen por parte del Cliente. Si un Cliente compró un producto o servicio de Essen y no está satisfecho con el producto o servicio de Essen, el Cliente puede solicitar un reembolso a la Compañía o al Consultor que vendió el producto o servicio de Essen al Cliente. El cliente es responsable de devolver el producto Essen comprado a la Compañía en condiciones de reventa y de pagar los costos de envío y manejo. Cuando el Cliente reciba productos Essen en condiciones defectuosas, la Empresa pagará los gastos de envío de la devolución.
Devoluciones de productos físicos y ayudas de ventas del consultor
Si el Consultor no está 100 % satisfecho con los productos de Essen, el Consultor puede devolver los artículos para obtener un reembolso si se cumplen todas las condiciones siguientes: (i) ni el Consultor ni la Compañía han rescindido el Acuerdo; (ii) los productos de Essen se compraron dentro de los doce (12) meses; y (iii) los productos de Essen permanezcan en condiciones de reventa, tal como se define en la Sección 15. El reembolso será del noventa por ciento (90 %) del precio de compra neto. Los gastos de envío y manejo incurridos no serán reembolsados.
Tras la cancelación del Acuerdo, el Consultor puede devolver todas las ayudas de ventas genéricas compradas dentro de los doce (12) meses a partir de la fecha de cancelación para obtener un reembolso si no puede vender o usar la mercancía. Un Consultor solo puede devolver ayudas de ventas que haya comprado personalmente de la Compañía con su Número de identificación de Consultor y que estén en condiciones de reventa. Cualquier pedido de ayudas de ventas impresas (es decir, catálogos, tarjetas comerciales, folletos, etc.) no es reembolsable. Una vez que la Empresa reciba los productos Essen y las ayudas de ventas, se reembolsará al Consultor el noventa por ciento (90 %) del costo neto del precio de compra original, menos los gastos de envío y manejo. Si las compras se realizaron a través de una tarjeta de crédito, el reembolso se acreditará a la misma cuenta de la tarjeta de crédito, si está disponible. La Compañía deducirá del reembolso pagado al Consultor cualquier comisión, bonificación, rebaja u otros incentivos recibidos por el Consultor que estuvieran asociados con la mercancía devuelta.
6.2 Proceso de devolución de productos físicos de Essen
- Todas las devoluciones, ya sea por parte de un Cliente/Consultor, deben realizarse de la siguiente manera:
- Obtener la Autorización de Devolución de Mercancía ("RMA") de la Compañía;
- Envíe los artículos a la dirección proporcionada por el Servicio de atención al cliente de la empresa cuando reciba su RMA.
tercero Proporcionar una copia de la factura con los productos o servicios devueltos. Dicha factura debe hacer referencia al RMA e incluir el motivo de la devolución.
- Devuelva el producto en la caja del fabricante exactamente como se entregó.
- Todas las devoluciones deben enviarse a la Compañía con franqueo pagado, ya que la Compañía no acepta el envío de paquetes por cobrar. La Compañía recomienda enviar el producto devuelto por UPS o FedEx con seguimiento y seguro, ya que el riesgo de pérdida o daño en el envío del producto devuelto correrá únicamente por cuenta del Cliente o Consultor. Si el producto devuelto no se recibe en el Centro de Distribución de la Compañía, es responsabilidad del Cliente o Consultor rastrear el envío y no se aplicará ningún crédito.
- La devolución de un Consultor de $500 o más en productos acompañada de una solicitud de reembolso dentro de un solo año calendario puede constituir motivo de terminación involuntaria, a menos que el Consultor pueda demostrar una buena causa para tal devolución. La Compañía revisará y tomará su determinación a su entera discreción.
6.3 Reembolso de Tarifas
Tanto para Clientes como para Consultores, la Compañía ofrece una garantía de satisfacción de 30 días sobre todas las tarifas iniciales pagadas a la Compañía. Todas las tarifas posteriores no son reembolsables. Cuando se solicite un reembolso, los bonos y comisiones atribuibles al servicio reembolsado serán deducidos de dicho Consultor que recibió bonos o comisiones por dichas ventas. Las deducciones se realizarán en el mes en que se realice el reembolso y continuarán cada período de pago a partir de entonces hasta que se recupere la comisión.
7.0 POLÍTICA DE PRIVACIDAD
7.1 Introducción
Esta política es para garantizar que todos los Clientes/Consultores entiendan y se adhieran a los principios básicos de confidencialidad. Para obtener más información sobre las prácticas y los procedimientos de privacidad de la empresa, consulte la Política de privacidad de la empresa que se encuentra en el sitio web corporativo.
Cada Consultor es responsable de mantener su Información de Consultor actualizada y precisa y debe actualizar de inmediato cualquier cambio en su back office. Es particularmente importante que un Consultor proporcione a la Empresa su dirección de correo electrónico actual, ya que el correo electrónico es una de las principales formas en que la Empresa y la línea ascendente de un Consultor se comunicarán con el Consultor. Al aceptar estas Políticas y Procedimientos, el Consultor da su consentimiento a la Política de Privacidad de la Compañía y a recibir correos electrónicos de la Compañía, así como de su línea ascendente. Cada Consultor puede modificar su Información de Consultor (por ejemplo, actualizar una dirección, número de teléfono o dirección de correo electrónico). El Consultor acepta que la Compañía puede compartir con la línea ascendente del Consultor su nombre, número de teléfono, dirección, dirección de correo electrónico y datos de desempeño de ventas seleccionados para todos los Consultores en su línea descendente. No se compartirá ningún Número de Seguro Social ni número de tarjeta de crédito con la línea ascendente de un Consultor sin el permiso expreso por separado del Consultor para permitir dicho intercambio de información personal. Al proporcionar su dirección de correo electrónico y número de teléfono, el Consultor acepta divulgar su dirección de correo electrónico y número de teléfono a la Compañía, así como a su línea ascendente. El Consultor reconoce además que la información proporcionada a la Compañía por el Consultor será compartida y procesada por las oficinas corporativas, el licenciante y el proveedor de la Compañía.
7.2 Expectativa de Privacidad
La Compañía reconoce y respeta la importancia que sus Clientes/Consultores dan a la privacidad de su información financiera y personal. La Compañía hará esfuerzos razonables para salvaguardar la privacidad y mantener la confidencialidad de la información financiera y de cuentas de sus Clientes/Consultores y la información personal no pública.
7.3 Acceso de los empleados a la información
La Compañía limita la cantidad de empleados que tienen acceso a la información personal no pública del Cliente/Consultor.
7.4 Restricciones a la divulgación de información de la cuenta
La Compañía no compartirá información personal no pública o información financiera sobre Clientes/Consultores actuales o anteriores con terceros, excepto según lo permitan o exijan las leyes y reglamentos, órdenes judiciales, o para servir los intereses de los Clientes/Consultores o para hacer cumplir sus derechos u obligaciones bajo estas Políticas y Procedimientos, el Acuerdo de Consultor, o con el permiso expreso por escrito del titular de la cuenta en el archivo.
7.5 Seguridad y violaciones de la seguridad
Todos los Consultores deben adoptar, implementar y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas apropiadas para protegerse contra amenazas o peligros anticipados a la seguridad de la información confidencial, incluidos los Datos del Cliente y del Consultor. Estas salvaguardas deben ser apropiadas a la sensibilidad de la información. Las medidas de seguridad adecuadas para los registros electrónicos y en papel pueden incluir, entre otras: (i) cifrar los datos antes de transmitirlos electrónicamente; (ii) almacenar registros en un lugar seguro; y (iii) protección de archivos informáticos con contraseña y trituración segura de archivos en papel que contengan información confidencial. Los consultores deben mantener la información confidencial a salvo de todas las personas que no tengan necesidades comerciales legítimas para ver o utilizar dicha información. Los Consultores deben asegurarse de obtener y mantener el consentimiento de los Clientes/Consultores potenciales y los Clientes/Consultores existentes antes de compartir dichos datos con la Compañía.
Los consultores deben cumplir con todas las leyes de privacidad y seguridad de datos aplicables, incluidas las leyes de notificación de infracciones de seguridad. Sin limitación de la oración anterior, en el caso de una Violación de seguridad real o sospechada que afecte los datos de la Compañía, los Consultores correspondientes primero notificarán de inmediato al Departamento de Cumplimiento de la Compañía por escrito después de tener conocimiento de dicha Violación de seguridad, y si así lo indica el Departamento de Cumplimiento, notificar a los Clientes/Consultores correspondientes. Cualquier notificación de este tipo a los Clientes/Consultores se realizará de conformidad con la ley aplicable y deberá especificar lo siguiente: (i) la medida en que los Datos del Cliente/Consultor fueron o se sospechó que fueron divulgados o comprometidos; (ii) las circunstancias de la Violación de la Seguridad; (iii) la fecha o período de tiempo en que se produjo; (iv) una descripción de la información afectada; (v) una descripción de los pasos tomados para reducir el riesgo de daño por la Violación de la seguridad; (vi) información de contacto de una persona que pueda responder preguntas relacionadas con la Brecha de seguridad; (vii) cualquier otra información requerida por la ley aplicable; y (viii) en el caso de un aviso a un comisionado de privacidad u otro organismo regulador, una evaluación del riesgo de daño a las personas afectadas y una estimación del número de personas afectadas. Los consultores deberán cumplir con prontitud con todas las leyes de divulgación de violaciones de seguridad de la información aplicables. Los Consultores, a su cargo, deberán cooperar con la Compañía, cualquier comisionado de privacidad aplicable u otro organismo regulador y los Clientes/Consultores correspondientes y hacer todo lo posible para mitigar cualquier daño potencial causado por el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo de Consultor o cualquier ley aplicable. a datos confidenciales, incluido el envío de notificaciones a las personas afectadas, las agencias correspondientes y las agencias de informes del consumidor, si dicha notificación es requerida por la Compañía a su exclusivo y absoluto criterio.
7.6 Privacidad y Confidencialidad
Todos los Consultores deben cumplir con la Política de Privacidad de la Compañía con respecto a la información de Consultores y Clientes.
7.7 La regla de gestión de datos
La Regla de gestión de datos (la "Regla") tiene por objeto proteger la LOS en beneficio de todos los Consultores, así como de la Compañía. La información de LOS es información compilada por la Compañía que revela o se relaciona con todo o parte del acuerdo específico de patrocinio dentro del negocio de la Compañía, incluidas, entre otras, listas de Consultores, árboles de patrocinio y toda la información de Consultores generada a partir de ahí, en su presente y futuro. formularios La LOS de la Compañía constituye un secreto comercial comercialmente ventajoso, único y de propiedad exclusiva ("Información de propiedad exclusiva"), que mantiene como propiedad exclusiva y confidencial y lo trata como un secreto comercial. La Empresa es la propietaria exclusiva de toda la Información de propiedad exclusiva, que se deriva, compila, configura y mantiene mediante el gasto de tiempo, esfuerzo y recursos considerables por parte de la Empresa y sus Consultores. A través de esta Regla, la Compañía otorga a los Consultores un derecho personal, no exclusivo, intransferible y revocable para usar Información de propiedad exclusiva solo cuando sea necesario para facilitar su negocio según lo contemplado en estas Políticas. La Compañía se reserva el derecho de denegar o revocar este derecho, previa notificación razonable al Consultor indicando los motivos de tal denegación o revocación, siempre que, en la opinión razonable de la Compañía, sea necesario para proteger la confidencialidad o el valor de Información del propietario. Todos los Consultores mantendrán la Información de propiedad en la más estricta confidencialidad y tomarán todas las medidas razonables y apropiadas para salvaguardar la Información de propiedad y mantener la confidencialidad de la misma.
8.0 INFORMACIÓN DE PROPIEDAD Y SECRETOS COMERCIALES
8.1 Informes comerciales, listas e información de propiedad exclusiva
Al completar y firmar el Acuerdo de Consultor de la Compañía, el Consultor reconoce que los Informes Comerciales, las listas de nombres de Clientes y Consultores y la información de contacto y cualquier otra información que contenga información financiera, científica o de otro tipo, escrita o distribuida por la Compañía en relación con el negocio de Compañía (colectivamente, "Informes"), son información confidencial y de propiedad y secretos comerciales que pertenecen a la Compañía.
8.2 Obligación de Confidencialidad
- Durante el Plazo del Acuerdo de Consultor de la Compañía y por un período de cinco (5) años después de la terminación o vencimiento del Acuerdo de Consultor entre el Consultor y la Compañía, el Consultor no podrá:
- Utilizar la información de los Informes para competir con la Empresa o para cualquier fin que no sea promocionar los negocios de la Empresa;
- Usar o divulgar a cualquier persona o entidad cualquier información confidencial contenida en los Informes, incluida la reproducción de la genealogía en otra empresa de mercadeo en red.
tercero Los secretos comerciales, la buena voluntad de la Compañía y otros conocimientos de la Compañía permanecerán confidenciales más allá del período de 5 años.
8.3 Incumplimiento y Remedios
El Consultor reconoce que dicha información patentada es de carácter tal que la hace única y que su divulgación o uso en violación de esta disposición resultará en un daño irreparable para la Compañía y para los negocios independientes de la Compañía. La Compañía y sus Consultores tendrán derecho a medidas cautelares oa recuperar daños y perjuicios contra cualquier Consultor que viole esta disposición en cualquier acción para hacer valer sus derechos en virtud de esta Sección. La parte vencedora tendrá derecho a que se le otorguen los honorarios del abogado, las costas judiciales y los gastos.
8.4 Devolución de materiales
A pedido de la Compañía, cualquier Consultor actual o anterior devolverá el original y todas las copias de todos los "Informes" a la Compañía junto con cualquier información confidencial de la Compañía en posesión de dicha persona.
9.0 PUBLICIDAD, MATERIAL PROMOCIONAL, USO DE NOMBRES ESSEN
Y MARCAS
9.1 Etiquetado, embalaje y exhibición de productos
- Un Consultor de la Compañía no puede volver a etiquetar, empaquetar, rellenar ni alterar las etiquetas de ningún producto o servicio, información, materiales o programa(s) de la Compañía de ninguna manera. Los productos y servicios de la Compañía solo deben venderse en sus envases originales de la Compañía. Tal reetiquetado o reenvasado viola las leyes federales, estatales y provinciales, lo que puede dar lugar a sanciones o responsabilidades penales o civiles.
- Un Consultor de la Compañía no hará que ningún producto o servicio de la Compañía, ni ningún nombre comercial de la Compañía, se venda o exhiba en establecimientos minoristas, excepto:
- Cuando los servicios profesionales son la principal fuente de ingresos y las ventas de productos son secundarias (p. ej., consultorios médicos, clínicas, gimnasios, spas y salones de belleza);
- Cuando el establecimiento minorista sea propiedad o esté administrado por el Consultor y la tienda no exceda un millón de dólares ($1,000,000 millones de USD) en ingresos brutos anuales, y haya cinco (5) tiendas o menos bajo propiedad común de administración.
- La Compañía permitirá que los Consultores soliciten y realicen Ventas comerciales con la aprobación previa por escrito de la Compañía. A los efectos de estas Políticas y Procedimientos, el término “Venta Comercial” significa la venta de:
- Productos de la Compañía que igualen o superen los cinco mil dólares ($5,000 USD) en un solo pedido;
- Productos vendidos a un tercero que tiene la intención de revender los productos a un consumidor final.
- Un Consultor puede vender productos y servicios de la Compañía y exhibir el nombre comercial de la Compañía en cualquier puesto de exhibición apropiado (como ferias comerciales) solo con la aprobación previa por escrito de la Compañía.
- La Compañía se reserva el derecho de rechazar la autorización para participar en cualquier función que no considere un foro adecuado para la promoción de sus productos y servicios, o la oportunidad de la Compañía.
9.2 Uso de nombres Essen y materiales protegidos
- Un Consultor de la Compañía debe salvaguardar y promover la buena reputación de la Compañía y los productos y servicios que comercializa. El marketing y la promoción de la Empresa, la oportunidad de ventas de la Empresa, el Plan de Compensación de la Empresa y los productos y servicios de la Empresa serán consistentes con el interés público y deben evitar toda conducta y práctica descortés, engañosa, engañosa, poco ética o inmoral.
- Todos los materiales promocionales proporcionados o creados por la Compañía deben usarse en su forma original y no pueden cambiarse, modificarse o alterarse excepto con la aprobación previa por escrito del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- El nombre de la Compañía, cada uno de sus nombres de productos y servicios y otros nombres que tienen
adoptados por la Compañía en relación con su negocio son nombres comerciales, marcas registradas y marcas de servicio de propiedad de la Compañía o para los cuales la Compañía ha obtenido una licencia válida (en lo sucesivo, "IP con licencia"). Como tales, estas marcas son de gran valor para la Compañía y se proporcionan a los Consultores para su uso únicamente de la manera expresamente autorizada. La marca registrada ESSEN® solo puede usarse en medios promocionales mientras el Acuerdo de Consultor esté vigente y de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en este documento. Ante una simple solicitud por escrito de la Compañía o ante la cancelación de un Acuerdo de Consultor por cualquier motivo, el Consultor suspenderá inmediatamente todo uso de la marca registrada ESSEN® y otra propiedad intelectual que pertenezca a la Compañía y la PI con licencia.
- El uso por parte de un Consultor de la Compañía del nombre “Essen” u otros nombres relacionados está restringido para proteger los derechos de propiedad de la Compañía, lo que garantiza que los nombres protegidos por la Compañía no se pierdan ni se vean comprometidos por un uso no autorizado. Se prohíbe el uso del nombre de la Compañía en cualquier artículo que no haya sido producido por la Compañía, excepto en los siguientes casos:
- [Nombre del consultor] Consultor independiente de Essen; o
- [Nombre del consultor] Consultor independiente de productos y servicios de Essen.
- Otros procedimientos relacionados con el uso del nombre de la Compañía son los siguientes:
- Todos los artículos de papelería (es decir, membretes, sobres y tarjetas de presentación) que lleven el nombre o el logotipo de la Compañía destinados a ser utilizados por el Consultor deben ser aprobados por escrito por el Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- Los Consultores de la empresa pueden incluir "Consultor independiente de Essen" o "Consultor de Essen" en los directorios en línea bajo su propio nombre.
tercero Los Consultores de la Compañía no pueden usar el nombre de la Compañía, ni ninguna forma del mismo, al contestar su teléfono, crear un mensaje de voz o usar un servicio de contestador, para dar la impresión a la persona que llama de que se ha comunicado con la oficina corporativa. Pueden indicar, "Consultor independiente de Essen".
- Ciertas fotografías e imágenes gráficas utilizadas por la Compañía en su publicidad, empaque y sitios web son el resultado de contratos pagados con proveedores externos que no se extienden a los Consultores. Si un Consultor desea utilizar estas fotografías o imágenes gráficas, debe negociar contratos individuales con los proveedores por una tarifa.
- Un Consultor de la Compañía no aparecerá ni hará uso de la televisión o la radio ni hará uso de ningún otro medio para promocionar o hablar sobre la Compañía o sus programas, productos o servicios sin el permiso previo por escrito del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- Un Consultor no puede producir para la venta o distribución ningún evento o discurso de la Compañía, ni reproducir clips de audio o video de la Compañía para la venta o para uso personal sin el permiso previo por escrito del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- La Compañía se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa de cualquier ayuda de ventas o material promocional para cumplir con las leyes y regulaciones cambiantes y puede solicitar la eliminación del mercado de dichos materiales sin obligación financiera para el Consultor afectado.
- Un Consultor no promocionará productos o servicios que no sean de la Compañía junto con productos o servicios de la Compañía en los mismos sitios web o el mismo anuncio sin la aprobación previa del Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
9.3 Limitaciones de correo electrónico
- Salvo lo dispuesto en esta Sección, un Consultor no puede usar ni transmitir correos electrónicos, distribución masiva de correos electrónicos o "spam" que anuncie o promueva el funcionamiento de los negocios de su Compañía. Las excepciones son:
- Enviar un correo electrónico a cualquier persona que haya dado permiso o invitación previa;
- Enviar un correo electrónico a cualquier persona con la que el Consultor haya establecido una relación comercial o personal anterior.
- En todos los estados donde lo prohíba la ley, un Consultor no puede transmitir, ni hacer que se transmita a través de un tercero (por teléfono, fax, computadora u otro dispositivo), un anuncio no solicitado a ningún equipo que tenga la capacidad de transcribir texto. o imágenes de una señal electrónica recibida a través de una línea telefónica regular, línea de cable, ISDN, T1 o cualquier otro dispositivo portador de señal, excepto como se establece en esta Sección.
- Todos los documentos transmitidos por correo electrónico o por computadora sujetos a esta disposición incluirán cada uno de los siguientes:
- Una identificación clara y obvia de que el mensaje de fax o correo electrónico es un anuncio o una solicitud. Las palabras "anuncio" o "solicitud" deben aparecer en la línea de asunto del mensaje;
- Una ruta de retorno clara o información de enrutamiento;
tercero El uso de nombre de dominio legal y adecuado;
- Un aviso claro y obvio de la oportunidad de negarse a recibir más mensajes de correo electrónico comerciales del remitente;
- Las instrucciones para cancelar la suscripción o darse de baja deben ser el primer texto en el cuerpo del cuadro del mensaje en el mismo tamaño de texto que la mayoría del mensaje;
- El nombre verdadero y correcto del remitente, la dirección de correo electrónico válida del remitente y una dirección física válida del remitente;
VIII. La fecha y hora de la transmisión; y
VIII. Tras la notificación por parte del destinatario de su solicitud de no recibir más documentos por correo electrónico, un Consultor de la Compañía no transmitirá más documentos a ese destinatario.
- Todos los documentos transmitidos por correo electrónico o por computadora sujetos a esta disposición no incluirán ninguno de los siguientes;
- Uso de cualquier nombre de dominio de terceros sin permiso;
- Materiales sexualmente explícitos.
9.4 Restricciones de Internet, aplicaciones móviles y sitios web de terceros
- A menos que se estipule expresamente lo contrario en este documento con respecto al uso de la propiedad intelectual o industrial o mediante la autorización por escrito de la Compañía, un Consultor no puede usar ni intentar registrar la marca comercial ESSEN® o cualquier otro nombre comercial, marca registrada, nombre de servicio, marca de servicio, nombres de productos, URL, frases publicitarias, el nombre de la Compañía o cualquier derivado del mismo y propiedad industrial e intelectual licenciada, para cualquier propósito, incluidos, entre otros, nombres de dominio de Internet (URL), sitios web de terceros, direcciones de correo electrónico, páginas web , blogs o redes sociales (para obtener más información sobre las pautas de las redes sociales, consulte la Sección 9.5 a continuación).
- Un Consultor de la Compañía NO PUEDE vender productos o servicios de la Compañía ni ofrecer la oportunidad de venta mediante "subastas en línea", como eBay®, o en mercados en línea como Etsy, Amazon, Craigslist, Facebook Marketplace, etc.
Esta regla es necesaria por muchas razones, incluida la protección del consumidor, el cumplimiento de las leyes relacionadas con los productos/servicios de la Compañía y para proteger a los Consultores de la Compañía de perder inscripciones potenciales de Clientes/Consultores que pueden ser reacios a participar en la oportunidad de ventas de la Compañía porque ven la tercera -Los sitios de fiesta como fuente competitiva de suministro.
- Los Consultores solo pueden vender productos/servicios de la Compañía a través del sitio web replicado de la Compañía ("Sitio web replicado"), la aplicación móvil de Essen o el sitio web corporativo de la Compañía. Los Consultores no pueden tener ningún otro sitio web de terceros (definido como un sitio web que no sea un sitio web personal aprobado por la Compañía alojado en servidores que no sean de la Compañía y sin afiliación con la Compañía). Tenga en cuenta que un sitio web de un tercero no incluye redes sociales ni sitios de medios sociales (como se analiza más detalladamente en la Sección 9.5). Cualquier Consultor que desee desarrollar su propio sitio web de terceros debe enviar una solicitud y acuerdo de sitio web de terceros correctamente completado y recibir la aprobación previa por escrito de la Compañía antes de poner en marcha dicho sitio web. Los sitios web de terceros pueden usarse para promocionar su negocio y los productos y servicios de la Compañía, siempre que el sitio web de terceros cumpla con las políticas de publicidad de la Compañía. Además, no se pueden realizar pedidos a través de sitios web de terceros y no se pueden realizar inscripciones a través de un sitio web de terceros. Si desea utilizar cualquier sitio web de terceros, debe hacer lo siguiente:
- Identifíquese como Consultor de la Empresa;
- Use solo las imágenes aprobadas y la redacción autorizada por la Compañía;
- Cumplir con las políticas de marca, marca registrada y uso de imágenes descritas en este documento y el material específico que proporcionará la Compañía;
- Adherirse a cualquier otra disposición relacionada con el uso de un sitio web de terceros descrito en este documento;
- Aceptar dar al Departamento de Cumplimiento de la Compañía acceso al sitio web de terceros y, si el sitio web está protegido con contraseña, el Departamento de Cumplimiento debe recibir contraseñas o credenciales que permitan el acceso ilimitado; y
- Obtenga la autorización adecuada para poder modificar dicho sitio web de terceros para cumplir con las normas actuales o futuras de la Compañía.
- Todos los materiales de marketing utilizados en el sitio web de terceros de un Consultor deben ser proporcionados por la Compañía o aprobados por escrito por la Compañía.
- Para evitar confusiones, los siguientes tres elementos también deben mostrarse de manera destacada en la parte superior de cada página de su sitio web de terceros:
- El logotipo de consultor de la empresa
- Su nombre y título
- Botón de redirección del sitio web corporativo de la empresa
- Un Consultor no puede usar sitios de terceros que contengan materiales copiados de fuentes corporativas (como folletos, CD, videos, cintas, eventos, presentaciones y sitios web corporativos de la Compañía). Esta política garantiza la consistencia de la marca, permite que los Clientes y Consultores se mantengan actualizados con los productos, servicios e información cambiantes, facilita la inscripción bajo el Patrocinador correcto y ayuda a cumplir con las regulaciones gubernamentales.
- Los productos de la Compañía se pueden mostrar con otros productos o servicios en el sitio web de un Consultor, siempre que los demás productos y servicios sean consistentes con los valores de la Compañía, no compitan con los productos y servicios de la Compañía y no sean comercializados o vendidos por una red competidora. -empresa de mercadeo .
- Si el negocio de la Compañía independiente de un Consultor que ha recibido autorización para crear y publicar un sitio web de un tercero se cancela voluntaria o involuntariamente por cualquier motivo o si la Compañía revoca su autorización que permite al Consultor mantener un sitio web de un tercero, el Consultor deberá asignar la URL de su sitio web de terceros a la Compañía dentro de los tres (3) días a partir de la fecha de cancelación y/o redirigir todo el tráfico al sitio según lo indique la Compañía. La Empresa se reserva el derecho de revocar el derecho de cualquier Consultor de usar un sitio web de terceros en cualquier momento si la Empresa cree que dicha revocación es lo mejor para la Empresa, sus Consultores y Clientes. Las decisiones y acciones correctivas en esta área quedan a criterio exclusivo de la Compañía.
9.5 Redes sociales y medios sociales
- Los Consultores pueden unirse a redes sociales y/o sitios de medios sociales, foros en línea, grupos de discusión y blogs para aprovechar el poder de la marca de la Compañía y comunicar los beneficios de los productos de la Compañía y la oportunidad de ventas. Las páginas sociales en línea que pertenecen a un Consultor pueden usarse para dirigir el tráfico a un sitio web replicado o al sitio web corporativo de la Compañía.
- Las cuentas exclusivas de la empresa en las redes sociales nunca pueden usarse para promover otras oportunidades comerciales, otros productos o servicios, etc. Un Consultor puede publicar sugerencias para visitar, dar me gusta o seguir la página comercial en su página personal. Un Consultor también puede publicar obras de arte u otras publicaciones tangenciales al negocio en sus páginas personales, pero no se pueden publicar incentivos, anuncios, ofertas, anuncios de productos que no sean de la Compañía, etc. en las páginas personales.
- Las redes sociales y los sitios de medios sociales incluyen, entre otros, sitios como Facebook, Instagram, Pinterest, LinkedIn, Twitter, etc. Los Consultores pueden usar sus propios perfiles de redes sociales para publicitar y promocionar los negocios de la Compañía y los productos de la Compañía, y dirigir el tráfico. a su respectivo Sitio Web Réplica o al Sitio Web Corporativo de la Compañía. Sin embargo, no se pueden procesar ventas reales de productos de la Compañía en perfiles o grupos de redes sociales y no se puede mostrar ningún precio en una imagen o en el texto de una publicación. Los anuncios publicitarios y las imágenes utilizadas en estos sitios deben ser actuales y deben provenir de la biblioteca aprobada por la Compañía.
- LOS PERFILES QUE GENERA UN CONSULTOR EN CUALQUIER COMUNIDAD SOCIAL DONDE SE HABLA O MENCIONA EMPRESA DEBEN IDENTIFICAR CLARAMENTE AL CONSULTOR COMO UN CONSULTOR DE EMPRESA, y cuando un Consultor participe en esas comunidades, el Consultor debe evitar conversaciones, comentarios, imágenes, videos, audios, aplicaciones o cualquier otro contenido para adultos, profano, discriminatorio o vulgar. La determinación de lo que es inapropiado queda a criterio exclusivo de la Compañía, y los Consultores infractores estarán sujetos a medidas disciplinarias.
- Los Consultores son personalmente responsables de sus publicaciones y toda otra actividad en línea que se relacione con Por lo tanto, incluso si un Consultor no posee ni opera un blog o sitio de redes sociales, si un Consultor hace una publicación que se relaciona con la Compañía o que se puede rastrear hasta el Empresa, el Consultor es responsable de la publicación. Los Consultores también son responsables de las publicaciones que se realicen en cualquier blog o sitio de redes sociales que el Consultor posea, opere o controle. La Compañía se reserva el derecho de exigir la eliminación de las publicaciones que no cumplan con las normas o que infrinjan las normas de las páginas de redes sociales de cualquier Consultor y puede rescindir el Acuerdo de Consultor de cualquier Consultor que infrinja material o repetidamente esta Sección. Las publicaciones falsas, engañosas o engañosas están estrictamente prohibidas. Esto incluye, entre otros, publicaciones falsas o engañosas relacionadas con la Compañía, la oportunidad de ingresos de la Compañía, los productos de la Compañía y/o la información y las credenciales del Consultor. Además, los Consultores NO PUEDEN realizar ninguna publicación o enlace a ninguna publicación u otro material que:
- sea sexualmente explícito, obsceno o pornográfico;
- Sea profano, odioso, amenazante, difamatorio, calumnioso, acosador o discriminatorio de cualquier manera o forma;
tercero Es solícito de cualquier comportamiento ilegal;
- Participa en ataques personales a cualquier individuo, grupo o entidad;
- Está en violación de cualquier derecho de propiedad intelectual de la Compañía o de un tercero; o
- No es consistente con los estándares establecidos en estas Políticas y Procedimientos.
- Se prohíben las publicaciones anónimas o el uso de un alias en cualquier red social o sitio de medios, y los Consultores infractores estarán sujetos a medidas disciplinarias.
- Los consultores no pueden usar spam de blog, spamdexing o cualquier otro método de replicación masiva para dejar comentarios en el blog. Los comentarios que los Consultores crean o dejan deben ser útiles, únicos, relevantes y específicos para el artículo del blog.
- Los Consultores deben divulgar su nombre completo en todas las redes sociales y publicaciones en los medios, e identificarse claramente como Consultores independientes de la Compañía.
- Como Consultor de la Compañía, es importante no conversar con ninguna persona que publique una publicación negativa contra usted, otros Consultores o la Compañía. Reporte las publicaciones negativas al Departamento de Cumplimiento de la Compañía. Responder a tales publicaciones negativas a menudo simplemente alimenta una discusión con alguien que guarda rencor y que no se mantiene a sí mismo con los mismos altos estándares que la Compañía y, por lo tanto, daña la reputación y la buena voluntad de la Compañía.
- La distinción entre una red social y/o un sitio de medios y un sitio web de un tercero puede no ser clara. Debido a que algunos sitios de redes sociales y/o medios son particularmente robustos, la Compañía se reserva el derecho único y exclusivo de clasificar ciertos sitios como sitios web de terceros y exigir que los Consultores que usen o deseen usar dichos sitios se adhieran a las políticas de la Compañía relacionadas con a sitios web de terceros.
- Si el negocio de su Compañía se cancela por cualquier motivo, debe dejar de usar el nombre de la Compañía y todas las marcas comerciales, nombres comerciales, marcas de servicio y otra propiedad intelectual de la Compañía que pertenecen a la Compañía o que tienen licencia para la Compañía, y todos los derivados de dichas marcas y propiedad intelectual, en cualquier publicación y en todos los sitios web sociales que utilice. Si publica en cualquier sitio web social en el que se haya identificado previamente como Consultor independiente de la empresa, debe revelar claramente que ya no es un Consultor independiente de la empresa. En ausencia de dicha divulgación, los comentarios y acciones del Consultor pueden interpretarse como realizados en nombre de la Empresa y el Consultor será responsable de indemnizar a la Empresa por tales acciones si se toma alguna acción en contra de la Empresa.
- El incumplimiento de estas Políticas para realizar negocios en línea puede resultar en que el Consultor pierda su derecho a publicitar y comercializar los productos y servicios de la Compañía y la oportunidad de ventas de la Compañía en línea, además de cualquier otra acción disciplinaria disponible en virtud de estas Políticas y Procedimientos.
- Los Consultores pueden desear tener grupos de redes sociales "privados" y/o "cerrados", específicamente Grupos de Facebook, para sus Clientes particulares o para su línea descendente particular. Estos grupos están permitidos siempre y cuando se lleven a cabo y operen de manera consistente con estas Políticas y Procedimientos y todos los demás acuerdos entre la Compañía y el Consultor. Si la Compañía lo requiere, los Consultores que administran un grupo privado de redes sociales deberán dar acceso al Departamento de Cumplimiento de la Compañía para poder monitorear las interacciones de vez en cuando y permitir que Cumplimiento notifique a un Consultor al principio de un problema potencial. .
- Los Consultores deben verificar que las personas que se agreguen a grupos privados o cerrados sean, de hecho, Clientes de la Compañía. Dichos grupos privados o cerrados se limitan solo a aquellos Consultores y Clientes dentro de una línea ascendente o descendente en particular, ya que ese grupo específico es para la interacción entre los miembros de un equipo. Si un Cliente ya no es un Cliente, en cualquier aspecto, entonces el Cliente debe ser eliminado del grupo dentro de las 24 horas posteriores al cambio. (p. ej., el Cliente no compra el producto por X cantidad de tiempo determinada a discreción de la Compañía o el Cliente se convierte en Consultor bajo una genealogía diferente a la del grupo actual). Tras la rescisión, ya sea voluntaria o involuntaria, cancelación, despido, liquidación del negocio o cualquier otro motivo por el que un Consultor ya no pueda estar involucrado con la Compañía, el Consultor debe notificar a Cumplimiento inmediatamente de todas las cuentas que se incluirían en esta Sección y categoría, publicación en el grupo con el que ya no está asociado con la Compañía y disolverá el grupo específico, y luego cerrará y eliminará el grupo de forma permanente.
9.6 Materiales publicitarios y promocionales
- Usted no puede anunciar ningún producto o servicio de la Compañía a un precio INFERIOR al precio de venta al público establecido y publicado por la compañía más alto de UNA oferta del producto o servicio de la Compañía más envío, manejo e impuestos aplicables. No se permite la publicidad de incentivo especial. Esto incluye, pero no se limita a, ofertas de negocios gratis, envío gratis u otras ofertas similares que otorgan ventajas más allá de las disponibles a través de la Compañía.
- La publicidad y todas las formas de comunicación deben adherirse a los principios de honestidad y decoro.
- Toda la publicidad, incluidos, entre otros, impresos, Internet, tablones de anuncios informáticos, televisión, radio, etc., están sujetos a la aprobación previa por escrito del Departamento de Cumplimiento de la Empresa. Además, todas las solicitudes de aprobación de publicidad deben dirigirse por escrito al Departamento de Cumplimiento de la Compañía.
- No se requiere la aprobación de la Compañía para colocar anuncios ciegos que no mencionen a los empleados de la Compañía, ninguno de sus productos, servicios, diseños, símbolos, programas y materiales con marca registrada, con derechos de autor o protegidos de otra manera. Sin embargo, un Consultor no puede comprar (o alentar o solicitar a un tercero que compre) ningún término que contenga a la Compañía, sus productos, programas, marcas registradas, derechos de autor y propiedad intelectual e industrial con licencia para la Compañía y cualquier otro material protegido como una metaetiqueta. , palabra clave, término de búsqueda pagado, publicidad patrocinada o enlace patrocinado en los mercados en los que la Compañía realiza negocios.
- La Compañía se reserva el derecho de rescindir su aprobación previa de los materiales publicitarios o promocionales enviados para cumplir con las leyes y regulaciones cambiantes y puede solicitar la eliminación de dichos anuncios del mercado sin obligación para el Consultor afectado.
9.7 Permiso de Testimonio
Al firmar el Acuerdo de Consultor de la Compañía, un Consultor otorga permiso a la Compañía para usar su testimonio o imagen y semejanza en materiales de ventas corporativos, incluidos, entre otros, medios impresos, medios electrónicos, audio y video. En consideración a que se le permita participar en la oportunidad de ventas de la Compañía, un Consultor renuncia a cualquier derecho a ser compensado por el uso de su testimonio o imagen y semejanza, aunque se le pague a la Compañía por artículos o materiales de venta que contengan dicha imagen y semejanza. En algunos casos, el testimonio de un Consultor puede aparecer en los materiales publicitarios de otro Consultor. Si un Consultor no desea participar en los materiales de marketing y ventas de la Compañía, debe enviar un aviso por escrito al Departamento de Cumplimiento de la Compañía para asegurarse de que su testimonio o imagen y semejanza no se utilicen en ningún material corporativo, reconocimiento corporativo piezas, publicidad o grabaciones de eventos anuales.
9.8 Limitaciones de telemercadeo
- Un Consultor de la Compañía no debe participar en telemercadeo en relación con la operación del negocio de la Compañía del Consultor. El término "telemercadeo" significa la realización de una o más llamadas telefónicas, mensajes de texto o cualquier otro servicio de mensajería a un individuo o entidad para inducir la compra de productos o servicios de la Compañía, o para reclutarlos para la oportunidad de la Compañía.
- La Comisión Federal de Comercio ("FTC") y la Comisión Federal de Comunicaciones ("FCC") tienen leyes que restringen las prácticas de telemercadeo. Tanto las agencias federales como varios estados tienen regulaciones de "no llamar" como parte de sus leyes de telemercadeo.
- Si bien es posible que un Consultor no se considere a sí mismo como un "vendedor telefónico" en el sentido tradicional, estas reglamentaciones definen ampliamente el término "vendedor telefónico" y "telemercadeo" de modo que la acción no intencional de llamar a alguien cuyo número de teléfono se encuentra en la lista federal "No El registro de llamadas podría causar que el Consultor infrinja la ley. Estas regulaciones no deben tomarse a la ligera, ya que conllevan sanciones significativas (hasta $11,000 por infracción).
- Las "llamadas en frío" o "llamadas de estado a estado" realizadas a Clientes potenciales o Consultores que promocionan los productos o servicios de la Compañía o la oportunidad de la Compañía se consideran telemercadeo y están prohibidas.
- Excepciones a las Regulaciones de Telemercadeo
Un Consultor de la Compañía puede realizar llamadas telefónicas a posibles Clientes o Consultores en las siguientes situaciones limitadas:
- Si el Consultor tiene una relación comercial establecida con el prospecto;
- En respuesta a la solicitud o consulta personal del prospecto con respecto a un producto o servicio ofrecido por el Consultor de la Compañía, dentro de los tres (3) meses inmediatamente anteriores a la fecha de dicha llamada;
tercero Si el Consultor recibe un permiso por escrito y firmado del prospecto autorizando al Consultor a llamar;
- Si la llamada es a familiares, amigos personales y conocidos. Sin embargo, si un Consultor adquiere el hábito de recolectar tarjetas de presentación de todas las personas con las que se encuentra y luego las llama, la FTC puede considerar que se trata de una forma de telemercadeo que no está sujeta a esta exención;
- Los Consultores de la Compañía que se dediquen a llamar a “conocidos” deben hacer tales llamadas solo ocasionalmente y no como una práctica de rutina.
- Un Consultor no deberá utilizar sistemas de marcación telefónica automática o servicios de mensajería automática en la operación de los negocios de su Compañía.
- El incumplimiento de las políticas o regulaciones de la Compañía establecidas por la FTC y la FCC con respecto al telemercadeo puede dar lugar a sanciones contra el negocio del Consultor, hasta e incluyendo la terminación del negocio.
- Al firmar el Acuerdo de Consultor, o al aceptar cheques de comisiones, otros pagos o premios de la Compañía, un Consultor otorga permiso a la Compañía y a otros Consultores para comunicarse con ellos según lo permitido por las regulaciones federales de No llamar.
- En caso de que un Consultor viole esta Sección, la Compañía se reserva el derecho de iniciar procedimientos legales para obtener una compensación monetaria o equitativa.
9.9 Política de marketing internacional
- Un Consultor de la Compañía está autorizado a vender productos y servicios de la Compañía a Clientes y Consultores únicamente en los Estados Unidos de América.
- Un Consultor no puede, en ningún otro país, realizar reuniones de ventas, inscripción o capacitación, inscribir o intentar inscribir a Clientes o Consultores potenciales, ni realizar ninguna otra actividad con el fin de vender productos y servicios de la Compañía, establecer una organización de ventas o promover la oportunidad de venta de la Compañía a menos que la Compañía lo autorice por escrito.
10.0 CAMBIOS EN EL NEGOCIO DE UN CONSULTOR
10.1 Modificación del Acuerdo de Consultor
Un Consultor de la empresa puede modificar su Acuerdo de Consultor existente (es decir, cambiar un número de seguro social a un número de identificación federal, agregar un cónyuge o pareja a la cuenta, o cambiar la forma de propiedad de un individuo a una Entidad comercial propiedad del Consultor) enviando una solicitud por escrito a support@essenla.com, acompañada de un nuevo Acuerdo de Consultor y el Formulario de registro comercial, si corresponde, completado con firmas nuevas (no una versión "tachada" o "borrada" del primer Acuerdo) , y cualquier documentación de respaldo apropiada.
10.2 Cambio de patrocinador o ubicación para consultores activos
- Junto con la Sección 2.6, mantener la integridad de la estructura organizacional es obligatorio para el éxito de la Compañía y de nuestros Consultores independientes. Como tal, en circunstancias excepcionales a discreción de la Compañía, solo se puede realizar una solicitud de cambio de ubicación dentro de los primeros treinta (30) días de la inscripción inicial como Consultor. Además, dichos cambios solo pueden ocurrir dentro de la misma organización.
- Los patrocinadores pueden realizar "cambios de ubicación" de un Consultor a otro para Consultores patrocinados personalmente (primera línea) durante los primeros treinta (30) días de inscripción dentro de la misma organización
.
- Las Nuevas Consultoras o su Patrocinador original pueden solicitar un cambio de Patrocinador o Colocación dentro de los primeros treinta (30) días de inscripción con el fin de estructurar una organización. El nuevo Acuerdo de Consultor debe recibirse dentro del mes calendario para que los cálculos de la comisión sean efectivos con el cambio solicitado.
- Para cambiar o corregir el Patrocinador, un Consultor debe cumplir con los siguientes procedimientos:
- Presentar un Formulario de Transferencia de Colocación de Patrocinador;
- Presentar un Acuerdo de Consultor de la Compañía que muestre el Patrocinador y la Colocación correctos y cualquier documentación de respaldo adecuada;
tercero El Acuerdo de Consultor debe ser un documento nuevo y completo con firmas "nuevas", no una versión "tachada" o "borrada" del primer Acuerdo.
- Tras la aprobación, la línea descendente del Consultor, si la hubiere, se transferirá con el Consultor.
- Si ya se ha realizado una transferencia, se cobrará una tarifa de $20 por la segunda y por cada transferencia posterior.
- Después de los primeros treinta (30) días desde la inscripción inicial, la Compañía honrará al Patrocinador/Ubicación como se muestra:
- En el Acuerdo de Consultor firmado más recientemente en el archivo; o
- Autoinscrito en el sitio web (es decir, Acuerdo firmado electrónicamente).
- La Compañía se reserva el derecho de aprobar o denegar cualquier solicitud de cambio de Patrocinador o
Colocación, y corregir los errores relacionados con la misma en cualquier momento y de la forma que estime necesaria. Los Consultores renuncian a cualquier reclamo contra la Compañía, sus funcionarios, directores, propietarios, empleados y agentes, licenciante y proveedor por la decisión final de la Compañía con respecto al cambio de Patrocinador o Colocación.
10.3 Cambio de patrocinador o ubicación para consultores inactivos
- A discreción de la Empresa, los Consultores que permanecieron inactivos durante un período de doce (12) meses y que no han presentado una carta de renuncia, son elegibles para volver a inscribirse en la Empresa bajo el Patrocinador/Colocación de su elección.
- Al recibir una notificación por escrito a la Compañía de que un Consultor anterior desea volver a inscribirse, la Compañía "comprimirá" (cerrará) la cuenta original. A continuación, se emitirá un nuevo número de identificación de la empresa para el Consultor anterior.
- Dicho Consultor no retiene el rango anterior, la línea descendente ni los derechos de comisionar cheques de sus organizaciones anteriores.
- La Compañía se reserva el derecho de corregir los errores del Patrocinador o de la Colocación en cualquier momento y de la forma que considere necesaria.
10.4 Patrocinio no ético
- Las actividades de patrocinio no éticas incluyen, pero no se limitan a, tentar, ofertar o participar en una competencia malsana al tratar de adquirir un prospecto o un nuevo Consultor de otro Consultor o influenciar a otro Consultor para que se transfiera a un patrocinador diferente.
- Las denuncias de patrocinio poco ético deben informarse por escrito al Departamento de Cumplimiento de la Compañía dentro de los primeros noventa (90) días de la inscripción. Si los informes se corroboran, la Compañía puede transferir al Consultor oa la línea descendente del Consultor a otro Patrocinador, Colocación u organización sin la aprobación del Patrocinador actual de la línea ascendente o los Consultores de Colocación. La empresa sigue siendo la autoridad final en tales casos.
- La empresa prohíbe el acto de "apilamiento". Stacking es la manipulación no autorizada del sistema de compensación de la Compañía y/o el plan de mercadeo para generar comisiones o provocar una promoción de un Consultor de línea descendente de manera no ganada. Un ejemplo de apilamiento ocurre cuando un Patrocinador coloca a los participantes bajo una línea descendente inactiva sin su conocimiento para activar la calificación no ganada para la puesta en marcha. El apilamiento es un comportamiento poco ético e inaceptable, y como tal, es un delito punible con medidas que pueden llegar hasta la terminación de los cargos de consultor independiente de todas las personas y/o entidades que se determine que están directamente involucradas.
- Si los Consultores solicitan y/o atraen a los miembros de otra empresa de ventas directas para que les vendan o distribuyan productos y servicios de la Compañía, corren el riesgo de ser demandados por la otra empresa de ventas directas. Si se presenta una demanda, arbitraje o mediación contra un Consultor alegando que participó en una actividad de reclutamiento inapropiada de la fuerza de ventas o Clientes de otra empresa, la Empresa no pagará los costos de defensa ni los honorarios legales del Consultor, ni la Empresa indemnizará al Consultor por ningún sentencia, laudo o acuerdo.
10.5 Vender, asignar o delegar la propiedad
- Para preservar la integridad de la estructura jerárquica, es necesario que la Compañía establezca restricciones a la transferencia, cesión o venta de un negocio.
- Los Consultores de la Compañía no pueden vender ni ceder sus derechos ni delegar su posición como Consultores sin la aprobación previa por escrito de la Compañía. Cualquier intento de venta, cesión o delegación sin dicha aprobación puede anularse a discreción de la Compañía.
- Antes de la aprobación de la Compañía, el Consultor vendedor primero debe ofrecer su puesto a su Patrocinador de línea ascendente. El Patrocinador tendrá cinco (5) días hábiles para aceptar la oferta. Si el Patrocinador acepta la oferta, debe proporcionar a la Compañía un aviso de aceptación por escrito. Si el Patrocinador declina la oferta o no da respuesta dentro del plazo de 5 días después de haber sido debidamente notificado, el Consultor vendedor podrá ofrecer el puesto a otro comprador.
- Si la venta es aprobada por la Compañía, el Comprador asume la posición del Vendedor en el título calificado actual, pero en el rango actual de "pagado como", en el momento de la venta y adquiere la línea descendente del Vendedor.
- Para solicitar una autorización corporativa para la venta o transferencia de un negocio de la Compañía, se deben presentar los siguientes elementos al Departamento de Cumplimiento de la Compañía:
- Un Formulario de Venta/Transferencia de Negocio debidamente completado, con las firmas requeridas;
- Una copia del Acuerdo de Venta firmado y fechado tanto por el Comprador como por el Vendedor;
tercero Un Acuerdo de Consultor de la Compañía completado y firmado por el Comprador;
- Pago de la tarifa de administración de $100;
- Cualquier documentación de respaldo adicional solicitada por la Compañía.
- Cualquier obligación de deuda que el Vendedor o el Comprador puedan tener con la Compañía debe ser satisfecha antes de la aprobación de la venta o transferencia por parte de la Compañía.
- Un Consultor de la Compañía que vende su negocio no es elegible para volver a inscribirse como Consultor de la Compañía en ninguna organización durante los seis (6) meses calendario completos posteriores a la fecha de la venta, excepto que se establezca expresamente lo contrario en estas Políticas y Procedimientos.
- Siempre se debe mantener la protección de LOS existentes para que el negocio de la Compañía continúe operando en ese LOS.
- El Consultor vendedor debe estar al día y no violar ninguno de los términos del Acuerdo para ser elegible para vender, transferir o ceder un negocio de la Compañía.
10.6 Separación de un negocio de Essen
Los Consultores de la Compañía a veces operan sus negocios de la Compañía como sociedades de cónyuges, sociedades regulares, corporaciones o fideicomisos. En el momento en que un matrimonio puede terminar en divorcio o una corporación, sociedad o fideicomiso (las tres últimas entidades se denominan colectivamente en el presente como "entidades") puede disolverse, se deben hacer arreglos para asegurar que cualquier separación o división del negocio se logra para no afectar adversamente los intereses e ingresos de otros negocios hacia arriba o hacia abajo de la LOS. Si las partes que se separan no logran velar por los mejores intereses de otros Consultores y de la Compañía de manera oportuna, la Compañía rescindirá involuntariamente el Acuerdo de Consultor.
Durante el proceso de divorcio o disolución de entidades, las partes deberán adoptar una de las siguientes modalidades de actuación:
- Una de las partes puede, con el consentimiento de la(s) otra(s), operar el negocio de la Compañía de conformidad con una cesión por escrito mediante la cual el cónyuge, los accionistas, los socios o los fideicomisarios que renuncian autorizan a la Compañía a tratar directa y únicamente con el otro cónyuge o no. - accionista, socio o fideicomisario renunciante; o
- Las partes pueden continuar operando el negocio de la Compañía de manera conjunta sobre la base de "negocios habituales", después de lo cual toda la compensación pagada por la Compañía se pagará de acuerdo con el statu quo tal como existía antes de la presentación del divorcio o los procedimientos de disolución. Este es el procedimiento predeterminado si las partes no están de acuerdo con el formato establecido anteriormente. La Compañía nunca eliminará a una parte de una posición de una cuenta de Consultor sin el permiso por escrito y la firma de esa parte. Bajo ninguna circunstancia se dividirá la organización de línea descendente de los cónyuges que se divorcian o una entidad comercial que se disuelve. Bajo ninguna circunstancia, la Compañía dividirá los cheques de comisiones y bonificaciones entre los cónyuges que se divorcian o los miembros de las entidades que se disuelven. La Compañía reconocerá solo una organización de línea descendente y emitirá solo un cheque de comisión por negocio de la Compañía por ciclo de comisión. Los cheques de comisión siempre se emitirán a nombre de la misma persona o entidad. En caso de que las partes de un proceso de divorcio o disolución no puedan resolver una disputa sobre la disposición de las comisiones y la propiedad del negocio de manera oportuna según lo determine la Compañía, el Acuerdo de Consultor se cancelará involuntariamente. Si un excónyuge ha renunciado por completo a todos los derechos en el negocio original de la Compañía en virtud de un divorcio, a partir de ese momento puede inscribirse bajo cualquier patrocinador de su elección sin esperar seis (6) meses calendario. En el caso de disoluciones de entidades comerciales, el ex socio, accionista, miembro u otra entidad afiliada que no retenga ningún interés en el negocio debe esperar seis (6) meses calendario a partir de la fecha de la disolución final antes de volver a inscribirse como Consultor. Sin embargo, en cualquier caso, el excónyuge o el afiliado comercial no tendrán derechos sobre ningún Consultor en su organización anterior ni sobre ningún cliente anterior. Deben desarrollar el nuevo negocio de la misma manera que lo haría cualquier otra Consultora nueva.
10.7 Sucesión
- En caso de fallecimiento o incapacidad de un Consultor, el negocio del Consultor puede pasar a sus sucesores legales en interés (sucesor). Siempre que un negocio de la Compañía se transfiera por testamento u otro proceso testamentario, el sucesor adquiere el derecho de cobrar todos los bonos y comisiones de la organización de ventas del Consultor fallecido. El sucesor debe:
- Completar y firmar un nuevo Acuerdo de Consultor de la Compañía;
- Cumplir con los términos y condiciones del Acuerdo de Consultor; y
tercero Cumplir con todas las calificaciones para el último rango alcanzado por el ex Consultor.
- Los cheques de bonificaciones y comisiones de un negocio de la Compañía transferido con base en esta Sección se pagarán en un solo cheque al sucesor. El sucesor debe proporcionar a la Empresa una "dirección de registro" a la que se enviarán todos los Pagos de bonos y comisiones. Los pagos se basarán en el desempeño actual del negocio, no en el rango o volumen más alto alcanzado.
- Si el negocio es legado a copropietarios (sucesores), estos deben formar una entidad comercial y adquirir un número de identificación federal de contribuyentes. La empresa emitirá todos los pagos de bonos y comisiones y un formulario 1099-NEC únicamente a la entidad comercial administradora.
- Se debe presentar la documentación legal adecuada al Departamento de Cumplimiento de la Compañía para garantizar que la transferencia se realice correctamente. Para efectuar una transferencia testamentaria de un negocio de la Compañía, el sucesor debe proporcionar lo siguiente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía:
- Una copia certificada del certificado de defunción; y
- Una copia certificada ante notario del testamento u otra documentación legal apropiada que establezca el derecho del sucesor a los negocios de la Compañía.
- Para completar una transferencia del negocio de la Compañía debido a una incapacidad, el sucesor debe proporcionar lo siguiente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía:
- Una copia certificada ante notario de un nombramiento como síndico;
- Una copia certificada ante notario del documento de fideicomiso u otra documentación legal apropiada que establezca el derecho del fiduciario a administrar el negocio de la Compañía; y
tercero Un Acuerdo de Consultor completo ejecutado por el fideicomisario.
- Si el sucesor ya es un Consultor existente, la Compañía permitirá que dicho Consultor mantenga activo su propio negocio más el negocio heredado por hasta seis (6) meses. Al final del período de 6 meses, el Consultor debe haber comprimido (si corresponde), vendido o transferido de otra manera el negocio existente o el negocio heredado.
- Si el sucesor desea terminar el negocio de la Compañía, debe presentar una declaración notariada que indique el deseo de terminar el negocio, junto con una copia certificada del certificado de defunción, designación como síndico y/o cualquier otra documentación legal apropiada.
- Previa solicitud por escrito, la Compañía puede otorgar una exención de duelo de un (1) mes y pagar en el último rango "pagado como".
10.8 Renuncia/Cesación voluntaria
- Un Consultor puede rescindir inmediatamente su negocio enviando un aviso por escrito o correo electrónico al Departamento de Cumplimiento de la Compañía. La notificación por escrito debe incluir lo siguiente:
- La intención del Consultor de renunciar y la fecha de renuncia;
- Número de identificación de la empresa y motivo de la renuncia; y
tercero Firma.
- Un Consultor de la Compañía no puede usar la renuncia como una forma de cambiar inmediatamente el Patrocinador y la Colocación. En cambio, el Consultor que ha renunciado voluntariamente no es elegible para volver a solicitar un negocio o tener ningún interés financiero en un negocio de la Compañía durante seis (6) meses a partir de la recepción del aviso de renuncia por escrito.
10.9 Terminación Involuntaria
- La Compañía se reserva el derecho de terminar el negocio de un Consultor por, entre otros, los siguientes motivos:
- Violación de cualquiera de los términos y condiciones del Acuerdo de Consultor;
- Violación de cualquier disposición en estas Políticas y Procedimientos;
tercero Violación de cualquier disposición en el Plan de Compensación;
- Violación de cualquier ley, ordenanza o regulación aplicable con respecto al negocio de la Compañía;
- Participar en prácticas comerciales poco éticas o violar los estándares de trato justo;
- Devolver más de $500 en productos, servicios y/o herramientas de ventas para obtener un reembolso dentro de un período de doce (12) meses;
VII En el caso de que un Consultor le deba dinero a la Compañía y permanezca impago durante al menos sesenta (60) días calendario, el Acuerdo de Consultor puede rescindirse involuntariamente.
- Si un Consultor no gana una comisión por el período establecido en el Plan de Compensación, su Acuerdo de Consultor puede ser cancelado por inactividad.
- La Empresa se reserva el derecho de rescindir el Contrato de Consultor de cualquier Consultor que participe en cualquier actividad que la Empresa, a su exclusivo criterio, considere contraria a sus intereses sin dar una razón expresa con la única obligación de enviar una notificación debidamente escrita. Los Consultores acuerdan que la Compañía no deberá ninguna compensación o indemnización por ello ni se considerará terminación indebida.
- La Empresa notificará al Consultor por escrito, a su última dirección de domicilio o dirección de correo electrónico en los registros de la Empresa, sobre su intención de terminar el negocio del Consultor y las razones de la terminación.
- Si el Consultor desea proporcionar documentación para apelar la decisión de la Compañía, debe hacerlo dentro de los tres (3) días hábiles a partir de la fecha del aviso de terminación. La Compañía entonces tomará una decisión sobre si rescindir o no la rescisión.
- Si la rescisión no se rescinde, la rescisión entrará en vigencia a partir de la fecha de la notificación de rescisión original por parte de la Compañía. A partir de entonces, se le prohibirá al ex Consultor usar los nombres, marcas o signos, etiquetas, artículos de papelería, publicidad o material comercial que se refiera o se relacione con cualquier producto o servicio de la Compañía. La Compañía notificará al Patrocinador de línea ascendente activo dentro de los diez (10) días posteriores a la terminación. La organización del Consultor rescindido se "enrollará" hasta el Patrocinador de línea ascendente activo registrado.
- El Consultor de la Compañía que es despedido involuntariamente por la Compañía no puede volver a postularse para un negocio, ya sea con su nombre actual o cualquier otro nombre o entidad, sin el consentimiento expreso por escrito de un funcionario de la Compañía luego de una revisión por parte del Comité de Cumplimiento de la Compañía. En cualquier caso, dicho Consultor no podrá volver a solicitar un negocio durante doce (12) meses a partir de la fecha de terminación.
10.10 Efecto de la Cancelación
- Después de la cancelación de un Consultor por inactividad o terminación voluntaria o involuntaria (colectivamente, una "cancelación"), dicho Consultor:
- No tendrá ningún derecho, título, reclamo o interés sobre ninguna comisión o bonificación de las ventas generadas por la organización anterior del Consultor o cualquier otro pago en asociación con el negocio independiente anterior del Consultor;
- Renuncia de manera efectiva a todos y cada uno de los reclamos de derechos de propiedad o cualquier interés en la antigua organización de la Línea Descendente del Consultor; y
tercero A discreción exclusiva de la Compañía, recibirá comisiones y bonificaciones únicamente
por el último período de pago completo en el que estuvieron activos antes de la cancelación, menos cualquier monto retenido durante una investigación anterior a una cancelación involuntaria, y menos cualquier otro monto adeudado a la Compañía.
- Las bonificaciones y comisiones de los consultores constituyen la contraprestación total por sus esfuerzos en la generación de ventas y todas las actividades relacionadas con la generación de ventas (incluida la creación de una organización de marketing).
- Cualquier monto adeudado a la Compañía vencerá inmediatamente.
11.0 GARANTÍAS Y LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD
11.1 Garantía; Descargo de responsabilidad
La Empresa garantiza a los Consultores que los productos de la Empresa en el momento en que los entregue estarán libres de defectos materiales. La única obligación de la Empresa para con los Consultores, y el único y exclusivo recurso de los Consultores, por el incumplimiento de esta garantía será devolver cualquier producto defectuoso de la Empresa y recibir un reemplazo o reembolso como se describe en la Sección 6. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, LA COMPAÑÍA POR EL PRESENTE RENUNCIA A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS CON RESPECTO A LOS PRODUCTOS DE LA COMPAÑÍA, EL PROGRAMA DE VENTAS, LOS MATERIALES DE COMERCIALIZACIÓN DE LA COMPAÑÍA, LOS SUMINISTROS COMERCIALES DE LA COMPAÑÍA Y CUALQUIER OTRO OBJETO DEL ACUERDO DE CONSULTORA, YA SEA EXPRESO, IMPLÍCITO O LEGAL, INCLUYENDO CUALQUIER GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PARTICULAR PROPÓSITO, TÍTULO, NO VIOLACIÓN, EXACTITUD O EXHAUSTIVIDAD DEL CONTENIDO, RESULTADOS, FALTA DE NEGLIGENCIA O FALTA DE ESFUERZO PROFESIONAL Y CORRESPONDENCIA A LA DESCRIPCIÓN.
11.2 Limitación de responsabilidad
SIN PERJUICIO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN CONTRARIA DEL PRESENTE O CUALQUIER FALLA DEL PROPÓSITO ESENCIAL, EN NINGÚN CASO UN CONSULTOR O COMPAÑÍA (INCLUYENDO CUALQUIERA DE SUS PARTES RELACIONADAS (SEGÚN SE DEFINE EN LA SECCIÓN 13.3E) SERÁ RESPONSABLE ANTE LA OTRA PARTE POR CUALQUIER OPORTUNIDAD ESPECIAL, INCIDENTAL, INDIRECTA, DAÑOS PUNITIVOS, EJEMPLARES O CONSECUENTES DE CUALQUIER TIPO O NATURALEZA, CUALQUIERA DE SU CAUSA, QUE SURJAN O ESTÉN RELACIONADOS CON EL ACUERDO DE CONSULTORÍA O EL OBJETO DEL PRESENTE (INCLUYENDO, ENTRE OTROS, LOS PRODUCTOS DE LA COMPAÑÍA, EL PROGRAMA, LOS MATERIALES DE MARKETING DE LA COMPAÑÍA O LOS SUMINISTROS COMERCIALES DE LA COMPAÑÍA ), YA SEA QUE DICHA RESPONSABILIDAD SE AFIRME SOBRE LA BASE DE UN CONTRATO, AGRAVIO U OTRA TEORÍA DE RESPONSABILIDAD (INCLUYENDO, ENTRE OTROS, NEGLIGENCIA O RESPONSABILIDAD ESTRICTA), O DE OTRO MODO, INCLUSO SI EL CONSULTOR O LA COMPAÑÍA (O CUALQUIERA DE SUS PARTES RELACIONADAS) HAN SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. EN JURISDICCIONES QUE NO DAN EFECTO A CLÁUSULAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA O EXCULPATORIA, ESTA DISPOSICIÓN NO ES APLICABLE. EN JURISDICCIONES QUE PERMITEN CLÁUSULAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA O EXCULPATORIAS DE MANERA LIMITADA, ESTA DISPOSICIÓN ES APLICABLE AL MÁXIMO MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY DE DICHA JURISDICCIÓN.
12.0 SANCIONES DISCIPLINARIAS
12.1 Imposición de Acción Disciplinaria - Propósito
Es el espíritu de la Compañía que la integridad y la equidad deben prevalecer entre sus Consultores, brindando así a todos las mismas oportunidades para construir un negocio exitoso. Por lo tanto, la Compañía se reserva el derecho de imponer sanciones disciplinarias en cualquier momento, cuando haya determinado que un Consultor ha violado el Acuerdo o cualquiera de estas Políticas y Procedimientos o el Plan de Compensación, ya que la Compañía puede modificarlo periódicamente.
12.2 Consecuencias y remedios del incumplimiento
- Las acciones disciplinarias pueden incluir una o más de las siguientes:
- Supervisar la conducta de un Consultor durante un período de tiempo específico para garantizar el cumplimiento;
- Emisión de una advertencia por escrito o que requiera que el Consultor tome medidas correctivas inmediatas;
tercero Imposición de una multa (que puede imponerse inmediatamente o retenerse de futuros pagos de comisiones) o la retención de pagos de comisiones ("Retención de comisiones") hasta que se resuelva el asunto que provocó la Retención de comisiones o hasta que la Compañía reciba garantías adicionales adecuadas del Consultor para garantizar cumplimiento futuro;
- Suspensión de la participación en eventos, premios o reconocimientos de la Compañía o del Consultor;
- Suspensión del Acuerdo de Consultor de la Compañía y del negocio por uno o más períodos de pago;
- Terminación involuntaria del Acuerdo del Consultor y del negocio;
VIII. Cualquier otra medida que la Compañía considere factible y adecuada para resolver justamente los perjuicios causados por la violación de la Política del Consultor o el incumplimiento contractual; O
VIII. Procedimientos judiciales de desagravio monetario o equitativo.
13.0 QUEJAS Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
13.1 Quejas
- Si un Consultor de la Compañía tiene una queja o queja contra otro Consultor con respecto a cualquier práctica o conducta relacionada con sus respectivos negocios de la Compañía, se le recomienda que resuelva el problema directamente con la otra parte. Si no se puede llegar a un acuerdo, se debe informar directamente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía como se describe a continuación en esta Sección.
- El Departamento de Cumplimiento de la Compañía será la autoridad final para resolver dicha queja o reclamo y su decisión por escrito será definitiva y vinculante para los Consultores involucrados.
- La Compañía limitará su participación a disputas relacionadas únicamente con asuntos comerciales de la Compañía. La Compañía no decidirá cuestiones que involucren conflictos de personalidad o conducta poco profesional por parte de o entre Consultores fuera del contexto de un negocio de la Compañía. Estos asuntos van más allá del alcance de la Compañía y no pueden usarse para justificar un cambio de Patrocinador o Colocación o una transferencia a otra organización de la Compañía.
- La Compañía no considera, hace cumplir ni media acuerdos de terceros entre Consultores, ni proporciona nombres, financiamiento o asesoramiento para obtener asesoría legal externa.
- Proceso para Quejas:
- El Consultor debe enviar una carta de queja por escrito (no se aceptará el correo electrónico) directamente al Departamento de Cumplimiento de la Compañía. La carta establecerá los detalles del incidente de la siguiente manera:
- La naturaleza de la violación;
- Hechos específicos para respaldar las alegaciones;
- Fecha(s) y número(s) de ocurrencias;
- personas involucradas; y
- Documentación de apoyo.
- Al recibir la queja por escrito, la Compañía llevará a cabo una investigación de acuerdo con los siguientes procedimientos:
- El Departamento de Cumplimiento enviará un acuse de recibo al Consultor denunciante.
- El Departamento de Cumplimiento proporcionará un aviso verbal o escrito de la denuncia al Consultor bajo investigación. Si se envía una notificación por escrito al Consultor, tendrá cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de la carta de notificación para presentar toda la información relacionada con el incidente para que la Compañía la revise.
- El Departamento de Cumplimiento investigará a fondo la queja y considerará toda la información presentada que considere relevante, incluida la información de fuentes colaterales. Debido a la naturaleza única de cada situación, las determinaciones del remedio apropiado se harán caso por caso, y el tiempo para llegar a una resolución variará.
- Durante el curso de la investigación, el Departamento de Cumplimiento solo proporcionará actualizaciones periódicas simplemente indicando que la investigación está en curso. No se divulgará ninguna otra información durante ese tiempo. No se responderán ni se devolverán las llamadas de los consultores, las cartas y las solicitudes de "informes de progreso" durante el curso de la investigación.
- La Compañía tomará una decisión final y notificará oportunamente a los Consultores de la Compañía involucrados.
13.2 Daños liquidados
En cualquier caso que surja o se relacione con la terminación indebida del Contrato y/o el negocio de un Consultor, la Compañía y el Consultor acuerdan que los daños serán extremadamente difíciles de determinar. Por lo tanto, la Compañía y el Consultor estipulan que si la rescisión involuntaria del Contrato y/o la pérdida del negocio de la Compañía del Consultor se prueban y se determina que son ilícitas según cualquier teoría del derecho en un laudo final de arbitraje o por un tribunal como se establece en la Sección 13.3 a continuación , el único y máximo recurso del Consultor serán los daños y perjuicios calculados de la siguiente manera:
- Para los Consultores que ganen hasta $10,000, los daños liquidados serán por el monto de su compensación bruta que ganaron conforme al Plan de Compensación de la Compañía en los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la terminación.
- Para los Consultores que ganen $10,001 o más por mes, los daños liquidados serán por el monto de su compensación bruta que ganaron conforme al Plan de Compensación de la Compañía en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la terminación.
- En cualquier acción que surja de o esté relacionada con el Contrato, el negocio de la Compañía o la relación entre la Compañía y un Consultor, ambas Partes renuncian a todo reclamo por daños incidentales y/o consecuentes, incluso si la otra Parte ha sido informada de la probabilidad de tal daño. La Compañía y el Consultor renuncian además a todos los reclamos por daños ejemplares y punitivos.
13.3 Resolución de disputas
- ESTA DISPOSICIÓN CONTIENE UN ACUERDO QUE AFECTA CÓMO SE RESOLVERÁN LAS RECLAMACIONES QUE UN CONSULTOR PUEDE TENER CONTRA LA COMPAÑÍA , O LAS RECLAMACIONES QUE LA COMPAÑÍA PUEDE TENER CONTRA UN CONSULTOR. LAS PARTES ENTIENDEN Y ACEPTAN QUE ESTE ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS FUNCIONA COMO UN ACUERDO SEPARADO Y DISTINTO QUE SE SEPARA DEL RESTO DEL ACUERDO DE CONSULTORÍA Y ES EXIGIBLE INDEPENDIENTEMENTE DE LA EJECUCIÓN DE CUALQUIER OTRA DISPOSICIÓN DEL ACUERDO DE CONSULTORÍA O DEL ACUERDO DE CONSULTORÍA EN SU TOTALIDAD. LA CONSIDERACIÓN DE ESTE ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS INCLUYE, SIN LIMITACIÓN, EL ACUERDO MUTUO DE LAS PARTES PARA ARBITRAR LAS RECLAMACIONES. LAS PARTES ADEMÁS ENTIENDEN Y ACEPTAN QUE LA INAPLICABILIDAD DEL ACUERDO DE CONSULTORÍA EN SU TOTALIDAD O EN PARTE NO APOYARÁ UNA CONCLUSIÓN DE QUE ESTE ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS ES INAPLICABLE. LA LEY FEDERAL DE ARBITRAJE (“FAA”) REGIRÁ ESTE ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS SIN DAR EFECTO A NINGUNA LEY ESTATAL EN CONTRARIO.
Cualquier controversia, reclamo o disputa de cualquier naturaleza que surja entre el Consultor, por un lado, y la Compañía y/o las Partes Relacionadas (según se define en la Sección 13.3E), por el otro, incluidas, entre otras, aquellas que surjan o estén relacionadas con al Contrato de Consultor incluyendo estas Políticas y Procedimientos o el incumplimiento de los mismos, la venta, compra o uso de los productos/servicios de la Compañía, o la relación comercial, económica o de otro tipo entre el Consultor y la Compañía y/o las Partes Relacionadas (a los fines de este Sección, cada una de ellas una "parte"), ya sea que dicha reclamación se base en derechos, privilegios o intereses reconocidos por ley, contrato, agravio, derecho consuetudinario o de otro modo ("Disputa"), y cualquier Disputa en cuanto a la arbitrabilidad de una asunto en virtud de esta disposición, se resolverá mediante negociación, mediación o arbitraje, según lo dispuesto en este documento.
- Mediación. Si surge una Disputa, las Partes primero intentarán de buena fe resolverla rápidamente mediante negociación. Cualquiera de las Partes involucradas en la Disputa puede iniciar la negociación proporcionando un aviso (el "Aviso de Disputa") a cada Parte involucrada que establezca el tema de la Disputa y la solución buscada por la Parte que proporciona la Notificación de Disputa y designando a un representante que tenga plena autoridad para negociar y resolver la Disputa. Dentro de los diez (10) Días Hábiles posteriores a la entrega del Aviso de Disputa, cada destinatario deberá responder a todos los demás destinatarios conocidos del Aviso de Disputa con un aviso de la posición del destinatario y la solución recomendada para la Disputa, designando un representante que tenga plena autoridad para negociar y resolver la Disputa. Dentro de los veinte (20) Días Hábiles posteriores a la notificación de la Disputa, los representantes designados por las Partes se reunirán en persona en un momento y lugar mutuamente aceptables o por teléfono, y luego con la frecuencia que razonablemente consideren necesaria, para tratar de resolver la disputa. En cualquier momento veinte (20) Días hábiles o más después de que se proporcione el Aviso de disputa, pero antes del inicio del arbitraje, independientemente de si las negociaciones continúan, cualquier Parte puede presentar la Disputa a JAMS para mediación mediante notificación de dicha solicitud a todas las demás Partes interesadas y proporcionar dicho aviso y una copia de todos los Avisos de Disputa relevantes y los avisos de respuesta a JAMS. En tal caso, las Partes cooperarán con JAMS y entre sí en la selección de un mediador del panel de neutrales de JAMS y en la pronta programación de los procedimientos de mediación y participarán de buena fe en la mediación en persona en un momento y lugar mutuamente aceptables. o por teléfono, de acuerdo con los procedimientos de mediación de JAMS vigentes en ese momento y esta Sección, que prevalecerá.
- Arbitraje. Cualquier Disputa que no se resuelva por escrito mediante negociación o mediación estará sujeta y se resolverá exclusivamente mediante arbitraje final y vinculante ante un solo árbitro o, para Disputas que excedan los dos millones de dólares ($2,000,000 USD), un panel de tres árbitros, en la Ciudad de Weston en el Estado de Florida de acuerdo con las Reglas de Arbitraje Integrales de JAMS, Inc. vigentes en ese momento. Ninguna Parte puede iniciar el Arbitraje con respecto a cualquier Disputa a menos que esa Parte haya buscado la negociación y, si se solicita, la mediación, según lo dispuesto en este documento. , siempre que, sin embargo, ninguna Parte esté obligada a continuar participando en la negociación o mediación si las Partes no han resuelto la Disputa por escrito dentro de los sesenta (60) Días Hábiles posteriores a la entrega del Aviso de Disputa a cualquiera de las Partes o en un período más largo que podrá ser acordado por las Partes. Salvo acuerdo en contrario de las Partes, el mediador quedará inhabilitado para actuar como árbitro en el caso. Las Partes entienden y acuerdan que si el árbitro o el panel arbitral otorga cualquier reparación que sea inconsistente con la disposición de Limitación de Responsabilidad de estas Políticas y Procedimientos, dicho laudo excede el alcance de la autoridad del árbitro o del panel arbitral, y cualquier Parte puede buscar una revisión del laudo en la jurisdicción y competencia exclusivas de los tribunales de la ciudad de Weston en el estado de Florida.
Sin perjuicio de lo anterior, el lugar y la jurisdicción para cualquier reclamo o disputa que surja o se relacione con el Acuerdo de Consultor presentado por los residentes de Luisiana se establecerá de conformidad con la ley de Luisiana.
- Renuncia a demanda colectiva y juicio por jurado. LA NEGOCIACIÓN, MEDIACIÓN O ARBITRAJE DE CUALQUIER DISPUTA SE LIMITARÁ SOLAMENTE A LA COMPENSACIÓN INDIVIDUAL Y NO DEBE INCLUIR COMPENSACIÓN COLECTIVA, COLECTIVA O REPRESENTATIVA. EN CUALQUIER ARBITRAJE DE UNA DISPUTA, EL ÁRBITRO O EL PANEL ARBITRAL ÚNICAMENTE TENDRÁ EL PODER DE OTORGAR COMPENSACIÓN INDIVIDUAL Y NO TENDRÁ EL PODER DE OTORGAR NINGUNA COMPENSACIÓN DE CLASE, COLECTIVA O REPRESENTATIVA. LAS PARTES ENTIENDEN Y ACEPTAN QUE CADA UNA RENUNCIA AL DERECHO A UN JUICIO POR JURADO O A PARTICIPAR EN UNA ACCIÓN COLECTIVA, COLECTIVA U OTRO REPRESENTANTE.
- Si bien el Acuerdo de Consultor se realiza y celebra entre el Consultor y la Compañía, los afiliados, propietarios, miembros, gerentes y empleados de la Compañía ("Partes relacionadas") son terceros beneficiarios previstos del Acuerdo de Consultor a los fines de las disposiciones del Acuerdo de Consultor que se refieren a específicamente a ellos, incluido este acuerdo para negociar, mediar y arbitrar. Las Partes reconocen que nada de lo contenido en este documento tiene la intención de crear una participación, responsabilidad u obligación para las Partes relacionadas con respecto a cualquier trato entre el Consultor y la Compañía, y las Partes reconocen además que nada de lo contenido en este documento será argumentado por cualquiera de las partes. que constituyan una renuncia por parte de las Partes relacionadas a cualquier defensa que las Partes relacionadas puedan tener con respecto a si pueden ser parte de cualquier disputa entre las otras partes.
- En la mayor medida permitida por la ley: (i) los costos de negociación, mediación y arbitraje, incluidos los honorarios y gastos de cualquier mediador, árbitro, JAMS u otras personas independientes de todas las Partes que actúen con el consentimiento de las Partes para facilitar el acuerdo, serán compartidos en partes iguales por el Consultor, por un lado, y la Compañía y cualquier Parte relacionada involucrada por el otro, excepto cuando la ley aplicable requiera que la Compañía asuma los costos exclusivos del arbitraje (que la Compañía asumirá); y (ii) el árbitro o el panel arbitral o, en el caso de una reparación provisional o equitativa o para impugnar un laudo que exceda la autoridad arbitral como se describe en esta Sección, el tribunal, otorgará costos y honorarios de abogados razonables a la persona o entidad que el árbitro, el panel arbitral o el tribunal determine que es la parte ganadora; disponiéndose, sin embargo, que si se solicitan honorarios bajo un estatuto o regla que establece un estándar diferente para otorgar honorarios o costos, entonces se aplicará ese estatuto o regla.
- Nada en estas Políticas y Procedimientos impedirá que la Compañía solicite u obtenga de cualquier tribunal con jurisdicción una orden de embargo, una orden temporal, una orden judicial preliminar, una orden judicial permanente u otra reparación disponible para salvaguardar y proteger los intereses de la Compañía o su Información Confidencial antes de la , durante o después de la presentación de un arbitraje u otro procedimiento, o en espera de la emisión de una decisión o laudo en relación con cualquier arbitraje u otro procedimiento.
- Cualquier Parte puede solicitar el cumplimiento específico de esta Sección, y cualquiera de las Partes puede intentar obligar a las demás Partes a cumplir con esta Sección mediante una petición ante cualquier tribunal de jurisdicción competente. Para los fines de cualquier reparación provisional o equitativa solicitada en virtud de esta Sección, las Partes aceptan la jurisdicción y el lugar exclusivos de los tribunales de la Ciudad de Weston en el Estado de Florida, o el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida. El hecho de que la mediación o el arbitraje estén pendientes no impedirá que una Parte busque soluciones provisionales en ayuda del arbitraje de un tribunal de jurisdicción apropiada, y las Partes acuerdan no defenderse de ninguna solicitud de medidas provisionales sobre la base de que la mediación o el arbitraje están pendientes.
- CUALQUIER ENMIENDA POR PARTE DE LA COMPAÑÍA AL ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS EN ESTA SECCIÓN ÚNICAMENTE ENTRARÁ EN VIGOR CON EL ACUERDO EXPRESO DEL CONSULTOR A DICHA ENMIENDA. UN CONSULTOR PUEDE INDICAR SU ACUERDO CON DICHA ENMIENDA PROPUESTA SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES QUE APARECERÁN CUANDO INGRESE AL SITIO WEB CORPORATIVO DE LA COMPAÑÍA O AL SITIO WEB REPLICADO DEL CONSULTOR. LA COMPAÑÍA PUEDE TERMINAR EL ACUERDO DE CONSULTORÍA DE CUALQUIER CONSULTOR QUE NO ACEPTE UNA ENMIENDA PROPUESTA AL ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS EN ESTA SECCIÓN DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DE VIGENCIA DE LA ENMIENDA. CUALQUIER MODIFICACIÓN SE APLICARÁ A TODAS LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LA COMPAÑÍA O EL CONSULTOR EN O DESPUÉS DE LA FECHA DE EFECTO DE LA ENMIENDA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA DE OCURRENCIA O ACUMULACIÓN DE CUALQUIER HECHO SUBYACENTE A DICHA RECLAMACIÓN.
13.4 Ley aplicable
Este Acuerdo debe interpretarse de conformidad con las leyes del Estado de Florida y regirse por ellas, sin tener en cuenta sus principios de elección de leyes, y la Ley Federal de Arbitraje regirá el Acuerdo de Resolución de Disputas de estas Políticas y Procedimientos y el Acuerdo de Consultor sin dando efecto a cualquier ley estatal en contrario.
14.0 VARIOS
14.1 Divisibilidad
Si se determina que alguna disposición de estas Políticas y Procedimientos es inválida o inaplicable por algún motivo, solo se eliminará la disposición inválida. Los términos y disposiciones restantes del presente permanecerán en pleno vigor y se interpretarán como si dicha disposición inválida o inaplicable nunca hubiera formado parte de estas Políticas y Procedimientos.
14.2 Renuncia
- Solo un funcionario de la Compañía puede, por escrito, afectar una exención de las Políticas y Procedimientos de la Compañía. La renuncia de la Empresa a cualquier incumplimiento particular por parte de un Consultor no afectará los derechos de la Empresa con respecto a cualquier incumplimiento posterior, ni afectará los derechos u obligaciones de ningún otro Consultor. Una renuncia en un caso no constituye una renuncia en ningún otro punto para ese Consultor o para cualquier otro Consultor que probablemente esté ubicado.
- La existencia de cualquier reclamo o causa de acción de un Consultor contra la Compañía no constituirá una defensa para que la Compañía haga cumplir cualquier término o disposición de estas Políticas y Procedimientos.
14.3 Sucesores y Reclamos
Este Acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de las Partes y sus respectivos sucesores y cesionarios.
14.4 Cesión de derechos y obligaciones bajo el Acuerdo de Consultor por parte de la Compañía
Si los activos de la Compañía o la participación mayoritaria en la Compañía se transfieren a un tercero, la Compañía puede ceder sus derechos y delegar sus deberes y obligaciones en virtud del Acuerdo de Consultor a dicho tercero como parte de la venta o transferencia sin el consentimiento de los Consultores. .
15.0 DEFINICIONES
CONSULTOR ACTIVO: Un Consultor que cumple con los requisitos de volumen mínimo y ha pagado las tarifas requeridas, según se establece en el Plan de Compensación y estas Políticas, para garantizar que sea elegible para recibir bonos y comisiones.
ACUERDO: El contrato entre la Compañía y cada Consultor; incluye el Acuerdo de Consultor, las Políticas y Procedimientos de la Compañía y el Plan de Compensación de la Compañía, todo en su forma actual y modificado por la Compañía a su sola discreción. Estos documentos se denominan colectivamente como el "Acuerdo".
DÍAS HÁBILES: de lunes a viernes, excepto los días de fin de semana de sábado y domingo. Si un día dentro de un período de Días Hábiles, para fines de cómputo, cae de lunes a viernes en un día feriado nacional en el que, por ejemplo, los bancos federales están cerrados, entonces ese día no contará como un Día Hábil.
CANCELAR: La terminación del negocio de un Consultor. La cancelación puede ser voluntaria, involuntaria o por no renovación.
PLAN DE COMPENSACIÓN: Las pautas y la literatura de referencia para describir cómo los Consultores pueden generar comisiones y bonificaciones.
CLIENTE: Un Cliente que compra productos de la Compañía y no participa en la construcción de un producto comercial o minorista.
CONSULTOR: Término genérico para cualquier persona o entidad que haya completado el Acuerdo de Consultor con la Compañía y haya cumplido con todos los requisitos para participar dentro de la trayectoria profesional. Un Consultor puede reclutar a otros Consultores, vender productos y servicios, y construir un negocio de la Compañía a través de las ventas minoristas y la obtención de comisiones.
LÍNEA DE PATROCINIO (LOS): Un informe generado por la Compañía que proporciona datos críticos relacionados con las identidades de los Consultores, información de ventas y actividad de inscripción de la organización de cada Consultor. Este informe contiene información confidencial y secreto comercial que es propiedad de la empresa.
ORGANIZACIÓN: Los Clientes y Consultores colocados debajo de un Consultor en particular.
MATERIAL OFICIAL de la Compañía: Literatura, cintas de audio o video y otros materiales desarrollados, impresos, publicados y distribuidos por la Compañía a los Consultores.
COLOCACIÓN: Posición de un Consultor dentro de la organización de su Patrocinador.
RECLUTAR: A los fines de la Política de Conflicto de Intereses de la Compañía, el término "Reclutar" significa la solicitud, inscripción, estímulo o esfuerzo real o intentado para influir de cualquier otra manera, ya sea directa, indirectamente o a través de un tercero, en otro Consultor de la Compañía. o el Cliente para inscribirse o participar en otra oportunidad de mercadeo multinivel, mercadeo en red o venta directa.
REVENDIBLE: Los productos se considerarán "revendibles" si se cumple cada uno de los siguientes elementos: 1) están sin abrir y sin usar, 2) el embalaje y el etiquetado original no han sido alterados ni dañados, 3) están en condiciones tales que una práctica comercialmente razonable dentro del comercio para vender la mercancía a precio completo, y 4) el producto contiene la etiqueta actual de la Compañía. Cualquier mercancía que esté claramente identificada en el momento de la venta como no retornable, descontinuada o como artículo de temporada, edición limitada o etiquetado similar, no se podrá volver a vender.
PATROCINADOR: Un Consultor que inscribe a un Cliente, Minorista u otro Consultor en la Compañía y figura como Patrocinador en el Acuerdo de Consultor. El acto de inscribir a otros y capacitarlos para que se conviertan en Consultores se denomina “patrocinio”.
LÍNEA ASCENDENTE: Este término se refiere al Consultor o Consultores por encima de un Consultor en particular en una línea de patrocinio hasta la Compañía. Es la línea de patrocinadores que vincula a cualquier Consultor en particular con la Compañía.